STSJ Cataluña , 23 de Diciembre de 2002
Ponente | ALBERTO ANDRES PEREIRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2002:15016 |
Número de Recurso | 748/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 23 de Diciembre de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso n° 748/1998 SENTENCIA N° 1044/2002 Iltmos. Sres.:
Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la Ciudad de Barcelona, a veintitrés de diciembre de dos mil dos. LA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso- administrativo n° 748/1998, interpuesto por D. Juan Enrique , representado y dirigido por la Letrado Dª Mª
DOLORES SERRAT GUIXERAS, contra la ADMINISTRACIÓN DE LA GENERALIDAD DE CATALUÑA (Departamento de Gobernación), representada y dirigida por el Sr. LETRADO DE LA GENERALIDAD. Ha sido Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de 17 de enero de 1997 de la Dirección General del Juego y Espectáculos, que dio lugar a la revocación de la autorización de que disponía el recurrente como titular de una empresa operadora de máquinas recreativas.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
La pretensión principal que articulaba el recurrente en el presente proceso se ha visto satisfecha de forma extraprocesal, ya que el Departamento de Gobernación de la Generalidad de Cataluña ha dejado sin efecto,...
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