ATSJ Comunidad Valenciana , 8 de Abril de 2003
Ponente | JUAN CLIMENT BARBERA |
Número de Recurso | 18/2003 |
Procedimiento | PENAL |
Fecha de Resolución | 8 de Abril de 2003 |
Emisor | Sala de lo Civil y Penal |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CIVIL Y PENAL VALENCIA Rollo Penal nº 18 /03????
A U T O n º 25/2003 Excmo. Sr. Presidente D. Juan Luis de la Rúa Moreno Iltmos. Sres. Magistrados D. José Luis Pérez Hernández D. José Flors Matíes D. Juan Montero Aroca D. Juan Climent Barberá
En Valencia a ocho de abril de dos mil tres.
El M.I. Ayuntamiento de Carlet (Valencia) ha presentado, con fecha 21 de marzo de 2003, ante esta Sala de lo civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, escrito de querella, por el delito de prevaricación, contra los Iltmos. Srs. Magistrados de la Sección primera de la Sala de lo contencioso-administrativo de este mismo Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana D. Alvaro , D. Sebastián y D. Domingo .
Recibido el mismo, formado el correspondiente rollo penal y designado ponente, se proveyó con fecha 27 de marzo de 2003, oír a la querellante y al Ministerio Fiscal, acerca de la falta de jurisdicción de esta Sala de conformidad con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y atendido lo establecido en el artículo 57.3 del mismo texto legal.
Transcurrido el plazo, concedido a tal efecto de oír a las partes personadas, no consta que la querellante haya presentado escrito alguno en evacuación del trámite conferido. Por el Ministerio Fiscal se ha evacuado el trámite manifestando que considera que la competencia corresponde al Tribunal Supremo, dado que los Iltmos. Srs. Magistrados querellados lo son del Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 57.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial .
RAZONAMIENTOS JURÍDICOS
La Ley Orgánica del Poder Judicial en su artículo 73.3.b) establece la competencia de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia para la instrucción y fallo de las causas penales contra Jueces, Magistrados y Miembros del Ministerio Fiscal por delitos o faltas cometidos en el ejercicio de su cargo en la Comunidad Autónoma, siempre que esta atribución no corresponda al Tribunal Supremo.
El artículo 57.3 de la meritada Ley Orgánica del Poder Judicial establece la competencia de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo para conocer de la...
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Extensión y alcance de la competencia objetiva por razón de aforamiento
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