STSJ Comunidad Valenciana , 28 de Febrero de 2003

PonenteJESUS SANCHEZ ANDRADA
ECLIES:TSJCV:2003:1682
Número de Recurso3041/2002
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución28 de Febrero de 2003
EmisorSala de lo Social

3 Recurso C/ Sentencia nº 3041/2002 Recurso contra Sentencia núm. 3041/2002 Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Presidente Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Lluch Corell Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada En Valencia, a veintiocho de Febrero de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 918/2003 En el Recurso de Suplicación núm. 3041/2002, interpuesto contra la sentencia de fecha 24 de Mayo de 2002, dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2 de Valencia, en los autos núm. 1044/2001, seguidos sobre invalidez absoluta, a instancia de Mariana , asistida por la Letrado Dª Aurora Vidal Climent, contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y en los que es recurrente el demandante, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo.Sr.D. Jesús Sánchez Andrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 24 de Mayo de 2002, dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que desestimando la demanda promovida por Dª Mariana contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo de absolver y absuelvo a la Entidad demandada de la reclamación de que era objeto."

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"1.- La demandante, nacida el día 14-07-52, con documento nacional de identidad nº NUM000 , se encuentra afiliada a la Seguridad en el Régimen General, por consecuencia de los trabajos prestados como Encajadora. 2.- La demandante padece las siguientes dolencias: a) Síndrome CREST b) Menopausia Precoz c) Poliartrálgicas 3.- La demandante solicitó del Instituto Nacional de la Seguridad Social ser declarada afecta de invalidez permanente. Tras ser emitida propuesta por el Equipo de Valoración de Incapacidades en fecha 06-06-01, la Entidad Gestora por resolución de fecha 13-07-01 declaró que la actora se encontraba afecta de invalidez permanente en grado de total para su profesión habitual. Contra la misma interpuso la parte actora reclamación previa en fecha 10-08-01, que fue desestimada por resolución de 16-10-01. 4.- La base reguladora de la prestación solicitada asciende a la cantidad mensual de 69.760 pesetas. "

TERCERO

Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante.

Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y su pase al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

.- Disconforme con la sentencia que desestimó la demanda en reclamación de Invalidez, en el grado de Permanente y Total para su profesión habitual, recurre en suplicación la representación letrada de la actora, con un primer motivo, debidamente amparado en la letra b) del artículo 191 de la Ley de Procedimiento Laboral, en adelante LPL, con la pretensión de modificar el hecho declarado probado segundo, para incluir en el mismo que el...

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