STSJ Cataluña , 24 de Abril de 2002

PonenteMARIA ANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2002:5408
Número de Recurso5918/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución24 de Abril de 2002
EmisorSala de lo Social

Rollo núm. 5918/2001 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA DE CATALUNYA SALA SOCIAL mm ILMO. SR. D. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA ILMA. SRA. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. Dª. MªDEL PILAR RIVAS VALLEJO En Barcelona a 24 de abril de 2002 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres.

citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A Nº 3374/2002 En el recurso de suplicación interpuesto por Jesús María frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tortosa de fecha 15 de mayo de 2001 dictada en el procedimiento nº 49/2001 y siendo recurrido/a I.N.E.M. Ha actuado como Ponente el/la Ilma. Sra. Dª. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 6 de marzo de 2001 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Desempleo, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 15 de mayo de 2001 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando la demanda interpuesta por D. Jesús María contra el INEM debo absolver y absuelvo a la referida entidad demandada de las pretensiones deducidas contra ella en la precitada demanda."

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1)- La Dirección Provincial del Instituto Nacional de Empleo de Tarragona concedió con efectos 15.9.90 al actor D. Jesús María , la prestación por desempleo, en la modalidad de pago único por capitalización de la prestación, percibiendo la suma de 1.570.601 pesetas.

2)- La Inspección Provincial de Trabajo de Tarragona levantó en fecha 9.4.91 acta de infracción al citado demandante al considerar que existia simulación en el contrato suscrito por FRALOSA, SCP con el actor para posibilitar el percibo indebido de las prestaciones por desempleo. Instruido el correspondiente expediente, la Dirección Provincial de Trabajo de Tarragona por resolución de fecha 6.9.91 ratificó el contenido de la precitada acta e impuso al demandante la sanción de extinción a la prestación por desempleo por infracción del art. 30.3 de la Ley 8/88 de 7 de abril, formulando el actor recurso de alzada contra la citada resolución que fue desestimado tácitamente por silencio de la Dirección General de Empleo.

Contra la desestimación tácita de dicho recurso de alzada interpuso el demandante recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del TSJ de Cataluña, recurso que fue desestimado por sentencia de fecha 20.12.93, resolución contra la que formuló recurso de casación el actor, recayendo en fecha 23.3.2000 sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS que desestimaba pretensión actora y confirmaba la sentencia de instancia.

3)- Por resolución de fecha 22.12.2000 el INEM declaró la percepción indebida por parte del demandante de...

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