STSJ Castilla-La Mancha , 19 de Mayo de 2003

PonenteJOSE BORREGO LOPEZ
ECLIES:TSJCLM:2003:1846
Número de Recurso305/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 305/00 ALBACETE SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Miguel Angel Pérez Yuste.

SENTENCIA Nº

En Albacete, a diecinueve de Mayo de dos mil tres Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha los presentes autos, seguidos bajo el número 305/00 del recurso contencioso- administrativo, seguido a instancia de Dª Concepción , representada por el Procurador Sr. Ponce Riaza y dirigida por el Letrado Sr. Ciller Chinchilla, contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente, representada y dirigida por el Sr. Letrado de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en materia de rescisión de contrato para compensación de rentas. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. José Borrego López, Magistrado Especialista de lo Contencioso-Administrativo.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la actora se interpuso en 14 de Junio de 2.000, recurso contencioso-administrativo contra resolución de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, de fecha17 de Febrero de 2.000.

Formalizada demanda, tras exponer los hechos y fundamentos jurídicos que estimó aplicables, terminó solicitando se dicte sentencia: "...1º) Que declare nula, anule o revoque la Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha de fecha 9 de Noviembre de 1999, y la Resolución de la Consejería de 17 de Febrero de 2000 que desestima el recurso de alzada contra la anterior, en lo que se refiere al reintegro de las cantidades percibidas, por mi mandante, en los ejercicios de 1995 y 1996, bien por razones de forma, bien por razones de fondo.

  1. ) Que se condene a la Administración demandada al pago de los gastos del aval bancario e intereses, que haya sido necesario para la defensa de los intereses de la demandante.

Condenando a la Administración demandada a estar y pasar por dichas declaraciones, y a la realización de todos los actos conducentes al cumplimento de las mismas, con expresa imposición de costas."

Segundo

Contestada la demanda por la Administración demandada, tras relatar a su vez los hechos y fundamentos jurídicos que entendió aplicables, solicitó una sentencia desestimatoria del recurso.

Tercero

Acordado el recibimiento del pleito a prueba, y practicadas las declaradas pertinentes, se reafirmaron las partes en sus escritos de demanda y contestación, por vía de conclusiones, y se señaló día y hora para votación y fallo, el 2 de Mayo de 2.003, en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
Primero

Se somete al control judicial de la Sala la resolución de fecha 17 de Febrero de 2.000 de la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por la que se desestima el recurso de alzada formulado por Dª Concepción contra la resolución de la Dirección General de...

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