STSJ Cataluña , 11 de Noviembre de 2003

PonenteJUAN BERTRAN CASTELLS
ECLIES:TSJCAT:2003:11184
Número de Recurso1954/1997
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución11 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso nº 1954/97 Partes: Constantino C/ JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN DE BARCELONA S E N T E N C I A Nº 1332 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. FRANCISCO DÍAZ FRAILE MAGISTRADOS D. JUAN BERTRÁN CASTELLS Dª. MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a once de noviembre de dos mil tres.

VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº1954/97, interpuesto por D. Constantino , representado y asistido por el letrado D.ANTONIO MARÍA MORRAL MATAS, contra JURADO PROVINCIAL DE EXPROPIACIÓN DE BARCELONA, representado por EL LETRADO DEL ESTADO. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JUAN BERTRÁN CASTELLS, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el letrado citado , actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución de fecha 21.04.97.

SEGUNDO

Acordada la incoacción de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por auto de veintiocho de marzo de dos mil la sala acordó el recibimiento del pleito a prueba y se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas que las partes evacuaron y finalmente se señaló día y hora para votación y fallo que tuvo lugar el día 7 de noviembre del año en curso.

CUARTO

En la sustanciación del presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el objeto del presente recurso jurisdiccional, la resolución del Jurado de Expropiación de Barcelona, de fecha 21 de abril de 1997, por la que se fija el justiprecio de la finca número NUM000 del término municipal de Montgat, propiedad de D. Constantino , en la cuantía de 10.701.600 pesetas, incluido el 5% de premio de afección.

SEGUNDO

Conviene precisar lo siguiente: A), es asaz sabido que las resoluciones de los Jurados Provinciales de Expropiación Forzosa gozan, según repetida jurisprudencia, de la presunción de legalidad y acierto, dada la preparación técnica e imparcialidad de sus componentes, pero que como tal presunción es de naturaleza "iuris tantum", resulta...

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