ATSJ Cataluña , 17 de Julio de 2003

PonenteGUILLERMO VIDAL ANDREU
Número de Recurso70/2003
ProcedimientoPENAL
Fecha de Resolución17 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Civil y Penal

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA Sala Civil y Penal R. Casación núm. 70/2003 AUTO Presidente:

Excmo. Sr. Guillem Vidal Andreu Magistrados:

Ilmo. Sr. Antonio Bruguera i Manté

Ilma. Sra. Núria Bassols i Muntada Barcelona, 17 de julio de 2003.

Dada cuenta; presentados los anteriores escritos de los Procuradores Sr. Lluch Roca y Toll Alfonso únanse a las presentes actuaciones, se tienen por efectuadas las manifestaciones contenidas en los mismos, y

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la representación procesal de la Sra. Celestina se interpuso recurso de casación contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2003 dictada por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, en el rollo de apelación 32/02.

Segundo

Por Providencia de fecha 16 de junio de 2003 se dio traslado a las partes por término de diez días sobre la posible falta de competencia de este Tribunal, habiendo efectuado las partes las alegaciones que consideraron oportunas.

Ha sido ponente el Excmo. Sr. Guillem Vidal Andreu.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

ÚNICO.- Tal como se advertía en el proveído de fecha 16 de junio pasado, el presente recurso se preparó ante la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona alegándose en el escrito la posible vulneración de los arts. 92 a 96, 103.2, 158 y 159 del Código Civil y los arts. 39 y 47 de la Constitución Española. Siendo ello así la propia Sección hubiera de haber remitido los autos al Tribunal Supremo, competente ratione materiae, no es dable variar en la interposición del recurso el título impugnatorio.

A mayor abundamiento, el recurrente cita como doctrina jurisprudencial contradictoria la del Tribunal Supremo, sin mención a esta Sala del Tribunal Superior de Justícia de la inexistencia de doctrina de este tribunal.

En consecuencia, debe declararse la incompetencia de la Sala y actuar conforme dispone el segundo inciso del párrafo primero del art. 484 de la LEC. PARTE DISPOSITIVA La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, ha decidido: Declarar la incompetencia de esta Sala para conocer del recurso de casación interpuesto por la representación procesal de Sra. Celestina contra la sentencia de fecha 17 de enero de 2003 dictada por la Sección 18ª de la Audiencia Provincial de Barcelona en el rollo de apelación 32/02 y, se acuerda la remisión de las actuaciones, previo emplazamiento de las partes por término de diez...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR