STSJ Comunidad de Madrid , 26 de Marzo de 2002
Ponente | JAVIER EUGENIO LOPEZ CANDELA |
ECLI | ES:TSJM:2002:3977 |
Número de Recurso | 426/1999 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 26 de Marzo de 2002 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN 8ª
Recurso n° 426/99 SENTENCIA N° 352 Iltmos Sres:
Presidente Dña. INÉS HUERTA GARICANO Magistrados D. MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE D.JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA En la ciudad de Madrid, a 26 de marzo del 2.002.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección 8ª) ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso-administrativo número 426/99, interpuesto por Teleshop Vital S.L., representado por la Procuradora Sra. Jiménez Muñoz y dirigida por la letrada Sra. Menacho Erxleben, contra la Comunidad de Madrid, representada y defendida por sus Servicios Jurídicos, sobre impugnación de providencia de apremio. Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. JAVIER EUGENIO LÓPEZ CANDELA quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala en fecha 19 de enero de 1999 se interpuso el presente recurso contra la Comunidad de Madrid por la que se desestima la reclamación económico-administrativa 375/97 interpuesta frente a acuerdo de la Dirección General de Comercio y Consumo de la CAM de fecha 28 de octubre de 1997 que desestima el recurso de reposición interpuesto el 8.10.97 contra Resolución Ejecutiva e información de pago de fecha 23 de septiembre de 1997 derivada de sanción por infracción a la legislación de consumo de fecha 25.3.97 proviniente de la Dirección General de Comercio y Consumo, confirmada en alzada por Resolución de 23.7.97 de la Consejería de Economía y Empleo.
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la ley reguladora de esta jurisdicción, habiendo despachado las partes en su momento y orden, los trámites conferidos en la demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicó la actora la estimación de la demanda con la consiguiente declaración de nulidad de la resolución impugnada, y por parte de la Administración demandada su desestimación, por entender que dicha resolución es conforme a derecho.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos se señaló día y hora para la votación y Fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha de 20 de marzo del 2.002.
En la sustanciación del presente pleito se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo de 360.000 ptas.
En el presente recurso contencioso-administrativo se impugna el acuerdo de 29 de octubre de 1998 de la Junta Superior de Hacienda de la Comunidad de Madrid por la que se desestima la reclamación económico- administrativa 375/97 interpuesta frente a acuerdo de la Dirección General de Comercio y Consumo de la CAM de fecha 28 de octubre de 1997 que desestima el recurso de reposición interpuesto el 8.10.97 contra Resolución Ejecutiva e información de pago de fecha 23 de septiembre de 1997 derivada de sanción por infracción a la legislación de consumo de fecha 25.3.97 proviniente de la Dirección General de Comercio y Consumo, confirmada en alzada por Resolución de 23.7.97 de la Consejería de Economía y Empleo notificada el 30 de julio de 1997, y cuyo impago motivo la citada Resolución de 23.9.1997, lo que queda documentalmente acreditado en el expediente administrativo, y es reconocido por las partes.
Partiendo de la base de que el acto...
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