STSJ Comunidad de Madrid , 10 de Enero de 2002

PonenteELVIRA ADORACION RODRIGUEZ MARTI
ECLIES:TSJM:2002:102
Número de Recurso3018/1996
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Enero de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso 3018/96 SENTENCIA NUMERO 4 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA Ilustrísimos señores:

Presidente.

Don José Félix Méndez Canseco.

Magistrados:

Dña. Francisca María Rosas Carrión.

Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez.

D. Enrique Calderón de la Iglesia.

En la villa de Madrid, a diez de enero de dos mil dos. Vistos por la Sala, constituida por los señores del margen, de este Tribunal Superior de Justicia, los autos del recurso contencioso n° 3018/96, interpuesto por la entidad FRIGO. S.A., defendida y representada por el Letrado Don José Antonio Hernández Rodríguez, contra la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 28 de junio de 1996, por la que se estimó el Recurso ordinario interpuesto por la Compañía FRIGOTEL SA contra la denegación de la Marca 1.724.583 FRIGOTEL SA con gráfico, en clase 39. Siendo parte la Oficina Española de Patentes y Marcas, defendida y representada por el Abobado del Estado y la Entidad FRIGOTEL S.A., defendida y representada por el Letrado Don Antonio José Vela Ballesteros.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que previos los oportunos trámites, la parte recurrente formalizó su demanda mediante escrito de fecha 16 de Junio de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes, terminó suplicando sentencia estimatoria del recurso interpuesto y las declaraciones correspondientes en relación con la actuación administrativa impugnada. Solicitando el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Que asimismo se confirió traslado a la representación de la parte recurrida, para contestación a la demanda, lo que se verificó por escrito de fecha 18 de octubre de 1999, en que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que consideró pertinentes, la parte terminó suplicando el mantenimiento de la actuación administrativa recurrida. Solicitando asimismo el recibimiento del recurso a prueba.

TERCERO

Que por auto de fecha uno de Marzo de dos mil uno se acordó el no recibimiento a prueba del presente recurso, y no estimándose necesaria la celebración de vista pública, se concedió a las partes el término de quince días para concluir por escrito, lo que consta realizado; señalándose para la votación y Fallo del presente recurso el día 10 de Enero de 2002, alas 10 horas de su mañana, en que tuvo lugar.

VISTOS.- Siendo Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dña. Elvira Adoración Rodríguez Martí.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurrente "FRIGO S.A." representado por el Letrado Sr. Hernández Rodríguez, impugna la resolución de la oficina Española de Patentes y Marcas de 28-06-96, por la que se estimó el recurso interpuesto por la empresa "FRIGOTEL S.A." y se le concedió el registro de la marca n° 1.724.583 "FRIGOTEL" con gráfico para la clase 39...

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