STSJ Comunidad de Madrid , 30 de Junio de 2003
Ponente | JOSE JOAQUIN EVARISTO JIMENEZ SANCHEZ |
ECLI | ES:TSJM:2003:10176 |
Número de Recurso | 2440/2003 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Social |
T.S.J.MADRID SOCIAL SEC.3 MADRID SENTENCIA: 00886/2003 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO SOCIAL-SECCIÓN 003(C/ GENERAL MARTÍNEZ CAMPOS, 27)
N.I.G: 28079 4 0009413 /2003, MODELO: 46050 TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0002440 /2003 Materia: ACCIDENTE DE TRABAJO -INVALIDEZ ABSOLUTA Recurrente/s: TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (TGSS), INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (INSS)
Recurrido/s: Jose Pedro JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: JDO. DE LO SOCIAL nº: 031 de MADRID DEMANDA 0000292 /2002 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO SOCIAL MADRID Sección Tercera Secretaría Sr. Fariñas Matoni Recurso nº 2440/03 Sentencia nº 886/03 M.M. Ilmo.Sr.D. JOSÉ JOAQUÍN JIMÉNEZ SÁNCHEZ Presidente Ilmo.Sr.D.IGNACIO MORENO GONZÁLEZ ALLER
Ilma.Srª.Dª.EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA En Madrid, a treinta de junio de dos mil tres La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, compuesta por los Ilmos. Srs. citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de suplicación nº 2440/03 interpuesto por el Letrado de la Administración de la Seguridad Social D. Francisco Valdés Morillo en rep. del INSS y la TGSS, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 31 de los de MADRID, en los Autos nº 292/02, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ
JOAQUÍN JIMÉNEZ SÁNCHEZ.-
Que según consta en los autos nº 292/02 del Juzgado de lo Social nº 31 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Jose Pedro , contra INSS y la TGSS, en materia de accidente de trabajo -invalidez absoluta, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en fecha siete de marzo de dos mil tres, cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda interpuesta por D. Jose Pedro , vengo a declararle en situación de invalidez permanente absoluta, derivada del accidente sufrido mientras prestaba servicios como profesor de autoescuela autónomo, con derecho a una pensión vitalicia del 100% de su base reguladora de 2.028,42 euros mensuales con efectos de 28-10-2001 y en consecuencia condeno al INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y a la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL a estar y pasar por dicha declaración a todos los efectos oportunos, debiendo hacer efectiva inmediatamente la antedicha prestación". SEGUNDO.- En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes: "PRIMERO.- DON Jose Pedro , nacido el 28-05-1939, está afiliado a la Seguridad Social con el número NUM000 y se encuentra en situación de alta/asimilado al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, siendo su profesión habitual profesor de autoescuela. SEGUNDO.- El 23-09-1999 sufrió un accidente de tráfico, mientras desempeñaba su profesión de profesor de autoescuela. Inició situación de incapacidad temporal el 1-08-2.000, habiendo recibido el altamédica el 30-03-2.001. TERCERO.- El señor Jose Pedro tiene la cotización necesaria para acceder a la prestación solicitada. CUARTO.- El 17-05-2.001 se emitió el correspondiente informe médico de síntesis, objetivizándose las lesiones siguientes: "SECUELAS DE ESGUINCE CERVICAL; CERVICOARTROSIS; CERVICOBRACALGIAS; MAREOS POSICIONALES; HIPEROSTOSIS ANQUILOSANTE; PANCREATITIS AGUDAS RECIDIVANTES; HIPERTRIGLICEMIA; HIPERPLASIA PROSTATICA DMNID ESPLENECTOMIZADO POR PTI". QUINTO.- El 17-05-2.001 la Dirección Provincial de Madrid del Instituto Nacional de la Seguridad Social, dictó resolución en la que se declaró al demandante en situación de invalidez permanente total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con derecho a una pensión vitalicia del 55% de su base reguladora de 309.054 pesetas mensuales con efectos de 16-05-2.001. SEXTO.- El demandante interpuso reclamación previa el...
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