STSJ Comunidad de Madrid , 24 de Junio de 2003
Ponente | RAMON LANDA PEREZ |
ECLI | ES:TSJM:2003:9911 |
Número de Recurso | 1854/1998 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 24 de Junio de 2003 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso: 1854/1998 Ponente: ILMO. SR. D. RAMON CUETO PEREZ Recurrente: TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A. Demandado: O.E.P.M. Secretaría: Dª. Mª. Teresa Barril Roche TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SENTENCIA NUM.- 1048 ILTMO. SR. PRESIDENTE D. Gustavo Lescure Ceñal ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS D. RAMON CUETO PEREZ Dª. Pilar Maldonado Muñoz En Madrid a veinticuatro de junio de 2003.
Visto el recurso contencioso-administrativo que, con el número reseñado más arriba, ha correspondido a esta Sección Tercera de fa Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de justicia de Madrid, interpuesto por TELEFONICA DE ESPAÑA, S.A., hoy Telefónica, S.A., representada por el Procurador De los Tribunales D. Juan Antonio García San Miguel y Orueta, asistido de Letrado contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 6 de octubre de 1997 y 7 de abril de 1998, por las que se concedió la marca denominativa n° 2.084.509 "GRANVIA" en clase 38ª, habiendo sido parte como codemandada PROEL PROMOTORA DE EDICIONES ELECTRONICAS, S.A., y en el que la Administración General demandada ha estado representada y dirigida por la Abogacía del Estado, siendo la cuantía del recurso indeterminada.
La referida representación de la parte actora interpuso el presente recurso contra la resolución reseñada, y, seguido el cauce procesal previsto por la Ley de esta jurisdicción, cada parte interviniente despachó, en el momento oportuno y por el orden legal conferido, el trámite correspondiente de demanda y contestación, en cuyos escritos, y conforme a los hechos y razonamientos jurídicos que constan en ellos, suplicaron respectivamente lo que a su derecho convino en los términos que figuran en los mismos.
Continuando el proceso por los trámites que aparecen en los autos, siguió el de conclusiones sucintas, ratificándose cada parte en sus anteriores manifestaciones y pretensiones, y, finalmente, se señaló fecha para la votación y Fallo, que tuvo lugar el día veintitrés de junio de 2003.
Siendo Ponente Itmo. Sr. D. RAMON CUETO PEREZ.
Es objeto de este recurso jurisdiccional la resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 7 de abril de 1998 que, al desestimar el recurso ordinario interpuesto por la aquí actora, hoy Telefónica S.A., contra anterior resolución de 6 de octubre de 1997, concedio el registro a la marca "GRANMA" n° 2.084.509 en clase 38° del nomenclator, propuesta por la mercantil, PROEL, Promotora de Ediciones Electrónicas, S.A., y en su demanda, con la oposición de esta última entidad, la representación procesal actora manifiesta, resumidamente, que su fundamentación radica en sus denominaciones, previamente registradas "GRAN VIA MULTV n° 1945128, "GRAN VIA MEDIA" n° 1945.129, y "GRAN VIA MULTIMEDIA" n° 1945130, por lo que atendida la práctica, identidad con la concedida se está en el caso de la prohibición contenida en el art. 12.1.a) de la vigente Ley de Marcas 32/ 1988 , porque no puede admitirse una clara diferenciación entre los signos enfrentados, a lo que se añade que amparan los mismos servicios encuadrados en la misma clase 38ª del nomenclator oficial de clasificación, lo que exige la aplicación de un...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba