STSJ Canarias , 15 de Mayo de 2003

PonenteLUIS HELMUTH MOYA MEYER
ECLIES:TSJICAN:2003:1498
Número de Recurso1294/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución15 de Mayo de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS SALA DE LO CONTENCIOSO - ADMINISTRATIVO SANTA CRUZ DE TENERIFE SENTENCIA NÚM. 429 Recurso núm. 1294/2000 Iltmos. Sres:

PRESIDENTE Don Ángel Acevedo Campos MAGISTRADOS Don Pedro Hernández Cordobés Don Helmuth Moya Meyer En Santa Cruz de Tenerife, a quince de Mayo del año dos mil tres.

VISTO, en nombre del Rey por la Sala de lo Contencioso - Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz- de Tenerife, el presente recurso interpuesto a nombre del demandante doña María Cristina , defendido por el Letrado don José Alberto Díaz Domínguez y representado por la: Procuradora doña Carmen Guadalupe García, contra la Resolución del Director General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 28 de agosto del 2000, por la que se estimó en parte la alzada interpuesta contra la Resolución del Tribunal Calificador de 17 de julio del 2000, habiéndose personado como parte demandada la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, defendida y representada por el Letrado del Servicio Jurídico del Gobierno de Canarias, y como codemandada doña Gema , siendo Ponente de esta sentencia el Iltmo. Sr. Magistrado don Helmuth Moya Meyer.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte demandante se interpuso recurso contencioso - administrativo ante esta Sala el 26 de diciembre del 2000. Admitido a trámite, se reclamó el expediente administrativo.

El recurrente formalizó demanda en la que solicitó se declare la nulidad del acto recurrido por no ser conforme a derecho, ya que la documentación acreditativa de los méritos fue presentada al amparo de lo dispuesto en el artículo 44.5 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

SEGUNDO

De la demanda se dio traslado a la Administración demandada; que contestó a la misma oponiéndose a las pretensiones de la parte actora y pidiendo la desestimación del recurso.

TERCERO

Recibido el juicio a prueba se practicó la propuesta y admitida, con el resultado que obra en autos. Las partes presentaron sus respectivos escritos de conclusiones, y se señaló día para la votación y fallo.

CUARTO

Se han observado los preceptos legales que regulan la tramitación del proceso contencioso - administrativo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El recurso se interpone contra la Resolución del Director General de Personal de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, de 28 de agosto del 2000, por `la que se estimó en parte la alzada interpuesta contra la Resolución del Tribunal Calificador de 17 de julio del 2000, por la que se resuelve el...

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