STSJ Galicia , 25 de Noviembre de 2004

PonenteJUAN CARLOS TRILLO ALONSO
ECLIES:TSJGAL:2004:4893
Número de Recurso5014/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución25 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO 02 /0005014 /2001 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la:

SENTENCIA N° 840/2.004 Ilmos. Sres.

DON JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.- PTE. DON JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA DON JOSÉ MARÍA ARROJO MARTÍNEZ En la ciudad de A Coruña, a veinticinco de noviembre de dos mil cuatro.

En el proceso contencioso-administrativo que con el número 02 /0005014 /2001 pende de resolución de esta Sala, interpuesto por UNION FENOSA DISTRIBUCIÓN S. A., representado por D. CARLOS GONZÁLEZ GUERRA y dirigido por D. TEOLINDO FERNANDEZ RIGUEIRO, contra acuerdo de 3 -01 por el que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal de Moraña, redactado por ADIU S. L. (BOP de Pontevedra n° 166, de 29 -8 -01). Es parte como demandada el AYUNTAMIENTO DE MORAÑA representada por D IGNACIO ESPASANDIN OTERO y dirigida por D. ANTONIO LÓPEZ REGUEIRO. La cuantía del recurso es indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido a trámite el recurso contencioso administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujera demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, suplica que se dicte sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto.

SEGUNDO

Conferido traslado de la demanda a la representación de la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.

TERCERO

Finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día dieciocho de noviembre de 2004.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

VISTO: Siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en el presente recurso la resolución del Pleno del Ayuntamiento de Moraña por el que se aprueba definitivamente el Plan General de Ordenación Municipal.

SEGUNDO

Muestra el recurrente su discrepancia con el apartado 11 del artículo 71, relativo a instalaciones y canalizaciones de electricidad, alumbrado público y telefonía, en cuanto establece que "las actuales instalaciones y tendidos aéreos existentes en el suelo delimitado de Santa Lucía deberán ser desmontados y canalizados subterráneamente, a cargo de las entidades suministradoras en un plazo máximo de cinco años contados a partir de la entrada en vigor del presente documento".

Entiende que la imposición "ex novo" del desmontaje y canalización subterránea de las instalaciones ya existentes es nula de pleno derecho (artículo 62 Ley 30 /92, de 26 de noviembre), por contravenir el ordenamiento jurídico y lesionar derechos y libertades reconocidos constitucionalmente, argumentando extensa e innecesariamente sobre cuestiones indiscutibles e indiscutidas, cual son el carácter normativo y reglamentario de los planes; la reserva de ley en el ámbito de los derechos y...

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