STSJ Galicia , 30 de Mayo de 2002

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2002:3951
Número de Recurso4120/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2002
EmisorSala de lo Social

MARIA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA,

CERTIFICO: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por

esta Sala la siguiente Resolución:

Recurso núm. 4120/2001

MRA

ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ

PRESIDENTE

ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA

ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR

A Coruña, a treinta de mayo de dos mil dos.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 4120/2001 interpuesto por INSS Y TGSS contra la sentencia del

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO Que según consta en autos se presentó demanda por Margarita en reclamación de INVALIDEZ siendo demandado INSS Y TGSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 129/2001 sentencia con fecha treinta y uno de mayo del dos mil uno por el Juzgado de referencia que estima la demanda.

SEGUNDO Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- Doña Margarita, mayor de edad con DNI n° NUM000, vecina de Lugo, demandante en los presentes autos, nacida en fecha 197-48, de profesión dependiente de comercio, afiliada al Régimen general de la Seguridad Social el número NUM001, tiene cubierto el período de carencia correspondiente a la prestación solicitada, invalidez Permanente en el grado de Absoluta, derivada de E.Común, estando al corriente en el pago de las cuotas, siendo la base reguladora de la prestación demandada de 109.585 ptas mensuales y la fecha de los efectos económicos iniciales sería del día 10-10-2000. En situación de I.T. desde 25-5-99 con el diagnóstico de mialgia y miositis no especificadas, fue alta médica el 6-9- 00 por propuesta de invalidez por la inspección médica. Fue objeto de agresión por su marido con arma blanca el día 2-6-93, siendo éste condenado por Sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de 17-X-94 a la pena de 9 años de P. Mayor como autor de un delito de homicidio frustrado con la agravante de reincidencia, penas accesorias durante el tiempo de la condena y pena de destierro durante el tiempo de la condena y pena de destierro durante 4 años posteriores al cumplimiento de la pena privativa de libertad, sin poder retornar a Lugo, así como durante sus salidas de prisión por cualquier concepto, debiendo indemnizar a la actora en 4.474.923 ptas. Por sentencia de la Audiencia Provincial de Lugo de fecha 20-10-97 su esposo Don Ángel Jesús fue privado de la patria potestad ostentada sobre el hijo común Javier la demandante promovió anterior expediente de I.P. el 8-7-98, fue denegado en vía administrativa y asimismo por sentencia de 19-4-99 por el Juzgado de igual clase n° dos de los de Lugo y su Provincia en Autos n° 121/99. Fue revocada ésta en Rec de Suplicación n° 2963/99 por sentencia de data 10-I 1-00, dictada por el TSJ-Galicia-A Coruña, Sala de lo Social, acogiendo parcialmente el recurso y declarando a la actora afecta de IP en el grado de Total TH./

Segundo

Con fecha 18-9-00 el INSTITUTO...

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