SAP Madrid 286/2002, 27 de Septiembre de 2002

PonenteSUSANA POLO GARCIA
ECLIES:APM:2002:11078
Número de Recurso217/2002
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución286/2002
Fecha de Resolución27 de Septiembre de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 2ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION SEGUNDA

ROLLO DE APELACIÓN: 217 /2002

Órgano Procedencia: JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ARGANDA DEL REY

Proc. Origen: JUICIO DE FALTAS n° 241 /1999

SENTENCIA N° 286/2002

ILMA. SRA. MAGISTRADA:

DÑA. SUSANA POLO GARCÍA

En MADRID, a veintisiete de septiembre de dos mil dos

Vista en grado de apelación por la Ilma. DÑA. SUSANA POLO GARCÍA Magistrada de esta Audiencia Provincial, Sección Segunda, al que se acordó la formación del rollo número 217 /2002 actuando como Tribunal unipersonal en turno de reparto, conforme a lo dispuesto en el artículo 82.2°, párrafo segundo de la

L. O. del P.J., ha visto en esta segunda instancia, la presente apelación contra sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ARGANDA DEL REY en el JUICIO DE FALTAS n° 241/1999, conforme al procedimiento establecido en el artículo 976 y siguiente a la Ley de Enjuiciamiento Criminal según la nueva redacción dada por la ley 10/92 del 30 de abril. Habiendo sido partes: En concepto de apelante/s Asunción y Antonia, Armando y en concepto de apelado/s MUTUA MADRILEÑA AUTOMOVILISTA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Habiéndose procedido a la incoación de Diligencias Previas, por un delito de FALTA DE LESIONES, por el Ilmo. Magistrado Juez del JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ARGANDA DEL REY se dictó sentencia con fecha 26-02-2002 estableciendo en el fallo o parte dispositiva el tenor literal siguiente: "FALLO: Que debo condenar y condeno al denunciado, Alonso, como autor responsable de una falta de imprudencia leve con resultado de lesiones a la pena de quince días de multa, con una cuota diaria de 2 euros, cuyo importe deberá ser abonado en su totalidad en un sólo acto y cuyo impago determina una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas impagadas. Así mismo el denunciado deberá indemnizar a Asunción en la suma de 3.467,88 euros por los días de curación, la suma de 20.364,96 euros por las secuelas, y en la suma de 798,38 euros por gastos; a Antonia en la suma de 2.080,95 euros por los días de curación y en la de 540,91 euros; a Armando en la suma de

15.988,26 euros por los días de curación y en la suma de 28.553,63 euros por las secuelas. De dichas cantidades deberán deducirse las cantidades ya consignadas por la aseguradora Mutua Madrileña Automovilística. Las sumas señaladas devengarán el interés legal previsto en el Fundamento Segundo de esta resolución. Se declara la responsabilidad civil subsidiaria de Begoña y la responsabilidad civil directa de la aseguradora "Mutua Madrileña Automovilística". Se impone a la parte denunciada las costas que, en su caso se hubieren causado". SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por Asunción y Antonia, Armando y admitido tal recurso en ambos efectos, fueron elevados los autos a esta Audiencia, Recibidos, se formó el Rollo y se siguió este recurso por sus trámites.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan y se dan por reproducidos los de la sentencia apelada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se interpone recurso de apelación por las representaciones letradas de Asunción y Antonia, por un lado, y de Armando, por otro, contra la sentencia dictada por el JDO. 1A.INST.E INSTRUCCION N. 4 de ARGANDA DEL...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR