SAP Barcelona, 6 de Febrero de 2003
Ponente | AGUSTIN FERRER BARRIENDOS |
ECLI | ES:APB:2003:1114 |
Número de Recurso | 779/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 6 de Febrero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE BARCELONA
SECCIÓN DÉCIMO-SEXTA
ROLLO Nº 779/2002-A
PROCEDIMIENTO ORDINARIO NÚM. 73/2002
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 28 DE LOS DE BARCELONA
SENTENCIA Núm.
Ilmos. Sres.
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AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS
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JORDI SEGUÍ PUNTAS
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ENRIC ALAVEDRA FARRANDO
En la ciudad de Barcelona, a seis de febrero de dos mil tres.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Décimo-Sexta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Procedimiento Ordinario nº 73/2002, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 28 de los de Barcelona, a instancia de FINCUBI SL., contra COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DE LA CALLE000 Nº NUM000 DE BARCELONA; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte DEMANDADA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 13 de Mayo de 2.002, por la Sra. Magistrada- Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por el Procurador D. Francisco Pascual Pascual en nombre y representación de la entidad FINCUBI, SL. contra la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS DEL INMUEBLE Nº NUM000 DE LA CALLE000 DE BARCELONA, debo declarar y declaro:
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La nulidad del acuerdo adoptado en la junta general de fecha 8 de noviembre de 2.001 relativo a la denegación de autorización a la actora para la realización de las obras de instalación de luz y agua en el local de su propiedad;
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El derecho de la actora a realizar las obras necesarias para disponer en el local de su propiedad de los servicios mínimos necesarios de agua y luz y la posibilidad de evacuar la misma.
Y todo ello con expresa condena a la demandada de las costas procesales causadas".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte DEMANDADA mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que lo, impugnó mediante el oportuno escrito de oposición al mismo; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 29 de Enero de 2003.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. AGUSTÍN FERRER BARRIENDOS.
El presente litigio sobre impugnación del acuerdo de comunidad de propietarios, tiene su causa en la petición del titular del "local golfa segunda" del edificio sito en CALLE000 NUM000, que solicitó de la comunidad la posibilidad de conectar su local a la red de electricidad y agua corriente, con la correspondiente posibilidad de su evacuación. El acuerdo de negativa de la Comunidad de propietarios, es el motivo inmediato del conflicto.
Un primer punto de discusión ha girado en torno a la constancia en el acta del voto contrario del demandante. Y es cierto que en el acta de la reunión del día 8 de noviembre no se hace tal referencia. Pero ello no es por que el demandante no expresara su parecer contrario, sino porque, como es frecuente su redacción responde a criterios despreocupados de formulismos jurídicos. Lo que es cierto es que aquella acalorada reunión que duró varias horas, el único tema que se pudo tratar es éste y su resultado...
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