STSJ Asturias , 28 de Mayo de 2004

PonenteJULIO LUIS GALLEGO OTERO
ECLIES:TSJAS:2004:2861
Número de Recurso984/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución28 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.ASTURIAS CON/AD SEC.2 OVIEDO SENTENCIA: 00577/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION SEGUNDA RECURSO: 984/00 RECURRENTE: SOCIEDAD MIXTA DE GESTIÓN Y PROMOCIÓN DEL SUELO, S.A. (SOGEPSA)

PROCURADORA: DÑA. MARTA SUAREZ-VALDIVIESO NOVELLA RECURRIDO: T.E.A.R.A. ABOGADO DEL ESTADO CODEMANDADO: PRINCIPADO DE ASTURIAS LETRADO COMUNIDAD S E N T E N C I A NUM. 577/04 ILMO SR. PRESIDENTE:

D. LUIS QUEROL CARCELLER ILMOS SRES. MAGISTRADOS D. ANTONIO ROBLEDO PEÑA D. JULIO LUIS GALLEGO OTERO En Oviedo, a veintiocho de mayo de dos mil cuatro.

Vistos por la Sala, constituida por los Ilmos. Sres. Magistrados relacionados al margen, los autos del recurso contencioso-administrativo número 984 del año 2.000 , interpuesto por la Procuradora de los Tribunales Dña. Marta Suarez-Valdivieso Novella, en nombre y representación de la entidad mercantil

SOCIEDAD MIXTA DE GESTIÓN Y PROMOCIÓN DEL SUELO, S.A. (SOGEPSA) , y bajo la dirección del Letrado D. Miguel Guisasola Tirador; contra Resolución dictada por el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Asturias, de fecha 28 de abril de 2000, desestimatoria de la reclamación formulada contra 36 liquidaciones provisionales paralelas dictadas por la Oficina de Gestión Tributaria de Gijón del Principado de Asturias, por concepto ITP Onerosas correspondientes al año 1.998, liquidaciones nº 776 a 788 y 791 a 796, ambos inclusive, cuyos restantes elementos tributarios como número de documento, bases tributarias, cuotas y deudas tributarias se corresponden con las reflejadas en el escrito de interposición y que se acompañan en el expediente de gestión. Ha sido parte el TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE ASTURIAS, representado por el Sr. Abogado del Estado. Y codemandada la Comunidad Autónoma del PRINCIPADO DE ASTURIAS, representada por el Letrado de su Servicio Jurídico.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Admitido el recurso y previos los oportunos trámites procedimentales, se confirió traslado a la parte actora para que, en el término de veinte días formalizara la demanda, lo que llevó a efecto mediante el pertinente escrito de fecha 14 de mayo de 2.001 en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó oportunos, terminó suplicando se dicte sentencia por la que revocando el acuerdo recurrido declare este como no ajustado a derecho y las costas.

Por medio de otrosí solicita el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Formalizada la demanda se dio traslado de la misma a la parte demandada para que la contestara en el plazo de veinte días, lo que realizó, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estimó pertinentes, y terminó suplicando que previos los trámites oportunos, dicte en su día sentencia en la que se acuerde la desestimación íntegra del recurso contencioso-administrativo, con imposición al actor, si procede, de las costas procesales.

Conferido traslado a la representación del Principado de Asturias para que contestase la demanda lo hizo en tiempo y forma alegando y exponiendo en derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que se dicte en su día sentencia por la que se desestime el presente recurso,...

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