SAP Álava 205/2003, 26 de Diciembre de 2003

PonenteIÑIGO MADARIA AZCOITIA
ECLIES:APVI:2003:462
Número de Recurso117/2003
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución205/2003
Fecha de Resolución26 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Álava, Sección 1ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE ALAVA

ARABAKO PROBINTZIA-AUZITEGIA

Sección 1ª

AVDA. GASTEIZ 18 2ª planta- C.P. 1008 Tfno.: 945-004821

Fax: 945-004820

N.I.G.: 01.02.1-02/013672

Rollo ape.faltas 117/03

O.Judicial Origen: Juzgado de Instrucción nº 4 (Vitoria)

Procedimiento: Juicio faltas 617/02

Apelante: Alejandra

Abogado: JOAQUIN URIBE ALONSO

Procurador: ANA ROSA FRADE FUENTES

Apelado: María Luisa

Procurador: CATALINA BENGOECHEA MARTORELL

MINISTERIO FISCAL

APELACIÓN JUICIO DE FALTAS

La Audiencia Provincial de Vitoria-Gasteiz constituida como Tribunal Unipersonal por el Iltmo. Sr. Presidente D. Iñigo Madaria Azcoitia, ha dictado el día veintiséis de diciembre de dos mil tres EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A Nº 205/03

En el recurso de apelación penal Rollo de Sala nº 117/03, dimanante de Juicio de Faltas nº 617/23, procedente del Juzgado de Instrucción nº 4 de Vitoria, seguido por un delito de lesiones en agresión, promovido por Dª Alejandra dirigida por el Letrado D. Joaquin Uribe Alonso y representado por la Procuradora Dª Ana Rosa Frade Fuentes, frente a la sentencia dictada en fecha 29.05.03, siendo parte apelada Dª María Luisa dirigida por la Letrada Dª Iratxe Abasolo y representada por la Procuradora Dª Catalina Bengoechea Martorell, con la intervención del Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En la mencionada fecha se dictó por el Juzgado de Instrucción nº 4 de Vitoria sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Absuelvo a Esteban, María Luisa, Alejandra y a Jose Enrique de las faltas de injurias y amenazas de las que venían acusados.

Condeno a María Luisa y Alejandra como autoras criminalmente responsables la primera de dos faltas de lesiones y la segunda de una falta de lesiones a una pena de 30 días de multa por cada una de las faltas y fijo la cuota diaria en 4 euros por lo que María Luisa y Alejandra deben pagar cada una de ellas una multa de 240 y 120 euros respectivamente dentro de los veinte días siguientes a la firmeza de esta Sentencia.

Condeno a María Luisa a indemnizar a Juan Ignacio en la cantidad de 325,57 euros. Condeno a María Luisa y Alejandra a pagar las costas procesales causadas en la tramitación de este procedimiento".

SEGUNDO

Dentro del plazo legal se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la Procuradora Sra. Frade Fuentes en nombre y representación de Dª Alejandra alegando los motivos que se examinarán en los fundamentos jurídicos de esta resolución, recurso que se tuvo por interpuesto mediante proveído de 28.10.03, dándose traslado por diez días a las demás partes para alegaciones. El Ministerio Fiscal evacuó informe en fecha 31.10.03 oponiéndose al recurso. Por la Procuradora Dª Catalina Bengoechea Martorell en nombre y representación de Dª María Luisa se presentó escrito de oposición al recurso presentado de contrario, elevándose los autos a esta Audiencia, previo cumplimiento de los trámites legalmente previstos.

TERCERO

Recibida la causa en la Secretaría de esta Audiencia, en fecha 24.11.03 se formó el Rollo, registrándose y turnándose, pasando los autos al Magistrado designado conforme al turno establecido para dictar la resolución...

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