SAP Alicante 344/2004, 10 de Junio de 2004

PonenteMARIA DE LAS VIRTUDES LOPEZ LORENZO
ECLIES:APA:2004:1493
Número de Recurso34/2003
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución344/2004
Fecha de Resolución10 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 3ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCION TERCERA

ALICANTE

ROLLO DE SALA Nº 34/03.

PROCEDIMIENTO ABREVIADO Nº 99/02.

JUZGADO: INSTRUCCIÓN-TRES DE ALICANTE.

DELITO: CONTRA LA SALUD PÚBLICA.

SENTENCIA Núm. 344/04

ILTMOS. SRES.:

Dª Virtudes López Lorenzo

D. José Daniel Mira Perceval Verdú

Dª María Dolores Ojeda Domínguez

En la ciudad de Alicante, a diez de Junio de dos mil cuatro

VISTA en juicio oral y público, los pasados días 18 de Mayo y 3 de junio de 2004, por la Audiencia Provincial, Sección Tercera, de esta capital, integrada por los Iltmos. Sres. del margen, la causa procedente del Juzgado de Instrucción de Alicante-Tres, seguida de oficio, por delito CONTRA LA SALUD PÚBLICA, contra los acusados Imanol, con D.N.I. NUM000, hijo de Francisco y de Mª del Carmen, nacido el 10 de octubre de 1972, natural de Alicante y vecino de Alicante, sin antecedentes penales, no consta su solvencia, en libertad provisional por esta causa, si bien permaneció cautelarmente privado de ella los días del 12 al 26 de abril de 2002, Concepción, hija de José y de Antonia, nacida el 8 de septiembre de 1974, natural de Jaén y vecina de Alicante, no consta su solvencia, en libertad provisional por esta causa, si bien permaneció cautelarmente privada de ella el día 12 de abril de 2002, representados ambos por el Procurador Don Luis Miguel González Lucas y defendidos por el Letrado Don Joaquín Mª Lacy Pérez de los Cobos y contra la acusada Rocío, con D.N.I. NUM001, hija de Amorino y de Lucía, nacida el 16 de marzo de 1966, natural de Marsella (Francia) y vecina de Alicante, no consta su solvencia, en libertad provisonal por esta causa, si bien permaneció cautelarmente privada de ella los días del 12 al 26 de abril de 2002, representada por la Procuradora Doña Margarita Tornel Saura y defendida por el Letrado Don Ramón Luis García García; En cuya causa fue parte acusadora el MINISTERIO FISCAL, representado por el Fiscal Iltmo. Sr. D. Javier Moltó Delgado y Don Pedro Jesús ; Actuando como Ponente la Iltma. Sra. Dña. Virtudes López Lorenzo, Magistrada Presidente de esta Sección Tercera, que expresa el parecer de la Sala.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Desde sus Diligencias Previas núm. 2098/02 el Juzgado de Instrucción núm. Tres de Alicante instruyó su Procedimiento Abreviado núm. 99/02, en el que fueron acusados Imanol, Concepción y Rocío por el delito contra la salud pública, antes de que dicho procedimiento fuera elevado a esta Audiencia Provincial para continuar la correspondiente tramitación en el presente Rollo de Sala núm. 34/03 de esta Sección Tercera.

SEGUNDO

El MINISTERIO FISCAL, en sus conclusiones definitivas, calificó los hechos procesales como constitutivos de un delito contra la salud pública del artículo 368, supuesto primero, del Código Penal, considerando autora de dicho delito a la acusada Rocío, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, por lo que solicitó se impusiera a dicha acusada la pena de 4 años de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena y multa de 27,60 # (con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación...

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