SAP Burgos 105/2004, 21 de Junio de 2004

PonenteROGER REDONDO ARGÜELLES
ECLIES:APBU:2004:785
Número de Recurso90/2004
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución105/2004
Fecha de Resolución21 de Junio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Burgos, Sección 1ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 1

BURGOS

SENTENCIA: 00105/2004

AUDIENCIA PROVINCIAL DE BURGOS

SECCIÓN Nº 001

ROLLO DE APELACIÓN: 90/2004

Ó3RGANO PROCEDENCIA: JUZGADO DE LO PENAL NUM. 2 DE BURGOS

PROC. ORIGEN: P.P. Nº 609/2003

S E N T E N C I A

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Ilmos. Sres. Magistrados:

  1. JUAN MIGUEL CARRERAS MARAÑA

  2. FRANCISCO MANUEL MARÍN IBÁÑEZ

  3. ROGER REDONDO ARGÜELLES

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BURGOS, a veintiuno de junio de dos mil cuatro.

La Sección Primera de esta Audiencia Provincial, compuesta por los Magistrados expresados, ha

visto en segunda instancia la causa procedente del Juzgado de lo Penal nº 2 de Burgos seguida por

delito de amenazas y violencia psíquica en el ámbito familiar contra Plácido, cuyas circunstancias y datos requeridos constan ya en la sentencia impugnada, en

virtud de recurso de apelación interpuesto por dicho acusado bajo la representación y defensa de la

Procuradora Dª. Elena Prieto Maradona y del Letrado D. Enrique García de Viedma Serrano y siendo parte apelada el Ministerio Fiscal. Se turnó de Ponencia al Magistrado D. ROGER REDONDO ARGÜELLES.

Se aceptan los antecedentes de hecho de la primera instancia, expuestos en la sentencia recurrida.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Penal del que dimana este rollo de Sala dictó sentencia, en cuyos antecedentes se declaran probados los siguientes hechos: "ÚNICO.- Del conjunto de la prueba practicada resultan acreditados los siguientes hechos, el acusado Plácido mayor de edad y sin antecedentes penales, contrajo matrimonio con Elena en fecha 5 de Octubre de 1991, de suyo matrimonio nació un hijo el día 18 de Marzo de 1995.- Por el Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de Burgos, en los Autos de Separación de Mutuo Acuerdo nº 194/1999, se dictó sentencia nº 29/2000 con fecha 2 de Febrero de 2.000 en cuyo Fallo se decretaba la separación legal del referido matrimonio, aprobando el convenio regulador de fecha 24 de Mayo de 1999.- Por parte del acusado se ha llamado reiteradamente, (entre esas ocasiones el día 23 de Octubre de 2.002 a las 14'30 horas), tanto a su domicilio en la localidad de Briviesca (Burgos) como al trabajo, a través del teléfono, a Elena, profiriendo contra ella palabras ofensivas como puta, zorra, desgraciada,..., así como diciéndole que la iba a matar, para lo que iba a mandar a unos amigos suyos colombianos, y a llevarse a su hijo. Lo que, motivó que esta viese la necesidad de tener que quitar el teléfono fijo de su domicilio (sin concreción de fecha). Si bien, desde Julio de 2003 el acusado ha cesado en tal comportamiento.- Ello ha dado lugar a que por parte de Elena, se haya interpuesto las siguientes denuncias: -. Con fecha 7 de Mayo de 1999 compareció ante el Juzgado manifestando: "que su esposo Plácido, con su mismo domicilio, desde hace varios años la maltrata de obra y palabra, teniendo un niño de cuatro años de edad llamado Ángel Jesús y casi siempre está presente cuando se mete con ella. Que por estos motivos ha presentado demanda de separación en un principio de mutuo acuerdo ante el Juzgado de 1ª Instancia nº 3 de Burgos. Que el día de ayer cuando regresaba de su trabajo, su marido cerró la puerta de entrada por dentro para que no pasase al interior, encontrándose su hijo pequeño dentro de él. Que ante los lloros insistentes del niño su marido decidió abrir la puerta, y que una vez dentro y con su hijo en los brazos, su marido la insultaba y la tiró una zapatilla, dándole con ella a su hijo. Que alguna ocasión la ha amenazado con un cuchillo, y en una ocasión trató de clavárselo primero a ella y luego a él mismo y que al intentar impedírselo la declarante sufrió un fuerte golpe en la pierna, que las amenazas que sufrió ayer fueron de muerte".- Habiéndose dictado por el entonces Juzgado de Instrucción nº 9 de los de Burgos sentencia con fecha 24 de Noviembre de 1999 en el Juicio de Faltas nº 118/99-J, seguido sobre amenazas, en virtud de la denuncia de fecha 7 de Mayo de 1999 presentada por Elena contra su marido, por presuntas amenazas ocurridas en el domicilio conyugal, (donde no compareció la denunciante y el denunciado, pese a estar citados en legal forma), y en cuyo Fallo se absolvía a Plácido de la falta objeto de dicho procedimiento, con declaración de las costas de oficio.- -. Con fecha 13 de Noviembre de 1999 a las 12'30 horas la misma compareció en el Puerto de la Guardia Civil de Briviesca, manifestando "que desde Marzo de 1999 se encuentra separada de su marido Plácido teniendo la custodia de su único hijo la denunciante mediante acuerdo escrito. Que desde las 18'00 horas del día 12 de Noviembre de 1999 hasta el día 14 de Noviembre de 1999 su ex -marido tiene derecho a tener al niño. Que a las 18'00 horas del día 12 de Noviembre de 1999 su ex - marido recogió en la puerta del colegio a su hijo Ángel Jesús de cuatro años de edad y se lo llevó a Burgos, lugar donde reside su marido, pero el niño ha estado solo toda la noche. Que a las 09'00 horas del día que formula la denuncia llamó por teléfono al domicilio de su ex - marido en Burgos y se puso al habla con su hijo y éste llorando le dijo que había estado toda la noche solo en casa. Que quiere dejar constancia que la denunciante se quedará con el niño lo que resta de fin de semana para que esté bien atendido, habiendo llegado a un acuerdo con su marido de esta circunstancia".- -. El día 3 de Enero de

2.000 a las 11'28 horas la misma compareció en la Comisaría de Burgos de la Dirección General de Policía, (dando lugar al atestado nº 59), manifestando. "que entre el día 31 de Diciembre de 1999 y el día 3 de Enero de 2.000 en el domicilio de ella en Burgos, al regresar a su domicilio ha podido comprobar que la puerta principal presentaba daños en la parte exterior, rayada con un objeto punzante, pudiéndose leer las frases "puta, borracha", y ha desaparecido la manilla exterior de la misma puerta. También ha comprobado que a su buzón de correos instalado en el portal del edificio le falta la puerta. Que el pasado veintidós de Diciembre entre las 9 y las 17 horas, una voz de mujer de mediana edad, dejó grabado un mensaje en el contestador, en el que se puede escuchar las frases "puta, borracha", habiendo recibido llamadas similares en ocasiones anteriores, efectuadas por la misma persona. Que aunque sospecha de una persona, no puede afirmar que sea ella, por lo que desea se adopten las medidas oportunas para intervenir el teléfono, con el fin de poder identificar a la persona que realiza las llamadas y también presunta autora de los daños en la puerta de su domicilio y buzón.".- -. El 22 de Febrero de 2000 a las 20'00 horas compareció de nuevo en el Puesto de la Guardia Civil de Briviesca (Burgos), manifestando. "que sobre las 15'30 horas del día 22 de Febrero de 2.000 cuando se encontraba trabajando en la oficina de la asesoría Sielgo de Burgos, recibió una llamada telefónica de su ex - marido Plácido, el cual le amenazó en el sentido de que le iba a quemar la casa y la nave agrícola de su padre y a ella que la va a matar, y para ello va a contratar a una persona. Que una vez que recibió citadas amenazas formuló la correspondiente denuncia en la Comisaría de Policía de Burgos. Que el hecho de comparecer en el Puesto de la Guardia Civil de Briviesca es debido a que quiere dejar constancia de las amenazas que su ex - marido ha hecho contra el padre de la denunciante, de que va a contratar a alguien para quemarle la casa y la nave agrícola de la localidad de Alcocero de Mola (Burgos)".- -. El día 23 de Octubre de 2.002 a las 14'30 horas compareció en el Puesto de la Guardia Civil de Briviesca, alegando que "a las 14'15 horas de ese mismo día la ha llamado su ex - marido, diciendo que ha pagado a unos colombianos para que la maten, y se lleven al niño, además de insultarla, llamándola puta, zorra, desgraciada, etc..., queriendo que la deje de llamar porque la llama constantemente desde el trabajo y desde el teléfono móvil particular para amenazarla, pudiendo llamarla a lo largo del día unas 50 veces".- Por otro lado, con fecha 13 de Octubre de 2.003 Plácido compareció ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Burgos, formulando denuncia contra Elena, indicando que lleva recibiendo denuncias de ella constantemente, llevando unas diez o así por amenazas, daños físicos, psicológicos, que la amenazas consisten en que la va a matar al hijo que lleva dentro, ya que esta embarazada, que la va a matar con unos colombianos para que la maten, que va a atentar contra el piso, coches y demás propiedades de ellas, y que estas denuncias han sido puestas tanto en la Guardia Civil de Briviesca, como de Burgos, y en Juzgados de Burgos. Que todo es para que no pueda ver a su hijo e impedirle realizar el régimen de visitas. Que le esta amenazando con que firme un escrito para quitarle la patria potestad de su hijo, de nueve años, cosas a lo que el compareciente se niega. Estando pagando él la pensión establecida. Llevando sin ver a su hijo desde Mayo, que ha ido con la Guardia Civil en dos ocasiones cuando iba a por el niño, y la ha dicho que no se lo dejaba, habiendo requerido la presencia de la Guardia civil porque le da miedo ir solo. Por ello puso dos denuncias ante la Guardia Civil de Briviesca". Dando lugar en el Juzgado de Instrucción nº 2 de los de Burgos a las Diligencias Previas nº 2.401/2.003, por Auto de fecha 20 de Octubre de 2.003, y tras la práctica de las correspondientes diligencias, por Auto de fecha 26 de Diciembre de 2.003 se acordó el sobreseimiento provisional y archivo de la causa."

SEGUNDO

La parte dispositiva de la sentencia recaída en la primera instancia, de fecha 11 de marzo de 2.004, dice literalmente: "Fallo: Que debo condenar y condeno a Plácido como autor penalmente responsable de un...

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