SAP Málaga 562/2005, 10 de Junio de 2005

PonenteMANUEL CABALLERO-BONALD CAMPUZANO
ECLIES:APMA:2005:2105
Número de Recurso759/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución562/2005
Fecha de Resolución10 de Junio de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Málaga, Sección 5ª

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MÁLAGA. SECCIÓN QUINTA BIS.

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO UNO DE COÍN.

JUICIO ORDINARIO NÚM. 163/01.

ROLLO DE APELACIÓN CIVIL NÚMERO 759/2004.

SENTENCIA NÚM. 562

Iltmos. Sres.

Presidente

D. Manuel Caballero Bonald Campuzano

Magistrados

D. Jaime Nogués García

Dª Juana Criado Gámez

En Málaga, a diez de junio de dos mil cinco. de dos mil cinco.

Vistos en grado de apelación ante la Sección Quinta Bis de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario núm. 163/01 procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Coín, seguidos a instancia de D. Juan Alberto, contra Promociones Paraíso 2000 S.L. y Dª Esperanza ; pendientes ante esta Audiencia en virtud de recurso de apelación interpuesto por la demandada Sra. Esperanza, contra la sentencia dictada en el citado Juicio. Creado este Organo Judicial como medida de apoyo y refuerzo por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de fecha 30 de noviembre de 2004 y formado por los Iltmos. Sres. del margen, a los que les ha sido turnado el presente Juicio para su resolución de entre los seguidos por el trámite de la Ley 1/2000 que penden en esta Sala conforme al proveído que antecede a esta resolución definitiva.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de Primera Instancia número Uno de los de Coín dictó sentencia de fecha 7 de diciembre de 2003 en el Juicio Ordinario núm. 163/01 del que este Rollo dimana, cuya parte dispositiva dice así:

Estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Ángel Ansorena Huidobro en nombre y representación de Juan Alberto contra Promociones Paraíso 2000 S.L. y Dª Esperanza con los siguientes pronunciamientos:

1º.- Debo condenar y condeno a los demandados al pago solidariamente de la cantidad de 14.065,71 euros. 2º.- Debo condenar y condeno a los demandados al pago solidariamente de los intereses legales.

3º.- Debo condenar y condeno a Paraíso 2000 S.L. al pago de las costas procesales devengadas en este pleito.

SEGUNDO

Contra la expresada sentencia interpuso en tiempo y forma recurso de apelación la representación de la demandada Sra. Esperanza, el cual fue admitido a trámite dándose traslado del escrito en el que constan los motivos y razonamientos del mismo a la otra parte para que en su vista alegase lo que le conviniese. Cumplido el trámite de audiencia se elevaron los autos a este órgano jurisdiccional, y tras su registro se turnaron a ponencia quedando pendientes de deliberación y fallo.

TERCERO

En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Manuel...

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