STSJ Cantabria , 26 de Octubre de 2004

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2004:1802
Número de Recurso495/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución26 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 01188/2004 Rec. Núm. 495/04 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Santiago Pérez Obregón EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a veintiséis de octubre de dos mil cuatro.

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cuatro de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Alexander siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y otro sobre Invalidez y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 26 de febrero de 2004 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Alexander nacido el día 19 de marzo de 1944, figura filiado a la Seguridad Social con el nº NUM000 , encuadrado en el Régimen General, reuniendo periodo de cotización suficiente para la prestación que reclama y siendo su profesión habitual la de Peón, Carga y Descarga de Camiones.

  2. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 23-5-03, se tramitó expediente de incapacidad permanente, emitiéndose informe médico de síntesis el día 3-6-03, dictamen-propuesta del EVI el día 30-6-03 y recayendo resolución de la dirección provincial del INSS, de igual fecha, por la que se deniega la situación de invalidez permanente en cualquiera de sus grados. Interpuesta reclamación previa, fue desestimada por resolución del mencionado Organismo de fecha 6-8-03.

  3. - La base reguladora de la situación de incapacidad permanente total es la de 1647,19 euros mensuales. Hasta el 25-12-02, el demandante permaneció en alta en la empresa Alcatel España. Desde el 7-1-03, está en situación de desempleo, iniciando un proceso de incapacidad temporal desde el 19-5-03.

  4. - El cuadro clínico que afecta al actor al momento de la valoración del expediente es el siguiente:

"En incapacidad temporal desde hace tres semanas por lumbalgia. Ulcera Duodenal.- Afectación actual:

lumbalgia provocada por la bipedestación. El dolor irradia a miembro inferior izquierdo, en ocasiones le provoca hinchazón de pie izquierdo.- Aparato locomotor: informe de ortopedia del adulto de hospital de Liendres: paciente con lumbociática izquierda ocasional y lumbalgia invalidante: RX y TAC: espondilolisis lítica L5-S1 y...

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