SAP Málaga 548/2005, 21 de Junio de 2005
Ponente | JOSE LUIS LOPEZ FUENTES |
ECLI | ES:APMA:2005:3097 |
Número de Recurso | 415/2005 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 548/2005 |
Fecha de Resolución | 21 de Junio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Málaga, Sección 4ª |
S E N T E N C I A Nº 548
AUDIENCIA PROVINCIAL MALAGA
Sección 4ª
PRESIDENTE ILMO. SR.
D.MANUEL TORRES VELA
MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.
D.JOSE LUIS LOPEZ FUENTES
D.MELCHOR HERNANDEZ CALVO
REFERENCIA:
JUZGADO DE PROCEDENCIA: JUZG. Nº 3 DE FUENGIROLA
ROLLO DE APELACIÓN Nº 415/2005
JUICIO Nº 435/2004
En la Ciudad de Málaga a veintiuno de junio de dos mil cinco.
Visto, por la Sección 4ª de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al márgen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Verbal-desh.F.Pago (N) seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Ildefonso que en la instancia fuera parte demandada. Es parte recurrida Plácido, que en la instancia ha litigado como parte demandante.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 26/01/05, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que debo estimar y estimo la acción ejercitada por d. Plácido contra
d. Ildefonso, declarando resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento que los vinculaba, condenando al demandado a desalojar la vivienda antes del 9 de febrero de 2005, con apercibimiento de lanzamiento en esa fecha si no lo hiciera y expresa condena en costas.
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, el Juzgado realizó los preceptivos traslados y una vez transcurrido el plazo elevó los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La votación y fallo ha tenido lugar el día 21/06/05 quedando visto para sentencia.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales. Visto, siendo ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE LUIS LOPEZ FUENTES quien expresa el parecer del Tribunal.
Frente a la sentencia de instancia que, desestimando la excepción de falta de legitimación activa opuesta por la demandada, estima la demanda declarando haber lugar al desahucio por falta de pago, se alza la parte apelante, basando su recurso en el mismo motivo que su demanda, o sea, en la falta de legitimación activa del actor por no ser el propietario de la finca arrendada, no debiendo hacerse una interpretación literal del artículo 444.1 de la LEC, debiendo dilucidarse el presente litigio en otro tipo de proceso, toda vez que el actor no ha acreditado su condición de propietario del inmueble..
Débiles son los argumentos empleados por la parte apelante como fundamento de su recurso. Incluso aporta al mismo fundamentación jurídica que, por sí sola bastaría para desestimar la apelación, al realizar una interpretación excesivamente generosa del artículo 444.1 de la LEC .
En efecto, este artículo establece que,cuando en el juicio verbal se pretenda la recuperación de finca, rústica o urbana, dada en arrendamiento, por impago de la renta o cantidad asimilada, sólo se permitirá al demandado alegar y probar el pago o las circunstancias relativas a la procedencia de la enervación".
Son muchas las sentencias de las Audiencias Provinciales que rechazan...
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