SAP Las Palmas 417/2005, 26 de Julio de 2005
Ponente | CARLOS AUGUSTO GARCIA VAN ISSCHOT |
ECLI | ES:APGC:2005:2455 |
Número de Recurso | 399/2005 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 417/2005 |
Fecha de Resolución | 26 de Julio de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Las Palmas, Sección 5ª |
SENTENCIA
Ilmos. Sres.Magistrados:
D./Dª. Ángel Guzmán Montesdeoca Acosta
Presidente)
D./Dª. Carlos García Van Isschot (Ponente)
D./Dª. Mónica García de Yzaguirre
En Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de julio de 2005 .
SENTENCIA APELADA DE FECHA: 14 de noviembre de 2003
APELANTE QUE SOLICITA LA REVOCACIÓN: D./Dña. Luis Andrés
VISTO, ante AUDIENCIA PROVINCIAL SECCIÓN QUINTA, el recurso de apelación admitido a la parte demandada, en los reseñados autos, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia de fecha 14 de noviembre de 2003, seguida esta apelación a instancia de D./Dña. Luis Andrés representados por el Procurador D./Dña. Antonio Vega González y dirigidos por el Letrado D./Dña. María Nieves Cubas Armas, contra D./Dña. Daniela representados por el Procurador D./Dña. Francisco Neyra Cruz y dirigidos por el Letrado D./Dña. Desconocido .
El Fallo de la Sentencia apelada dice: " Que debiendo estimar como estimo la demanda interpuesta por la procurador D. Francisco Javier Artiles Martínez, en nombre y representación de Dña. Daniela, contra D. Luis Andrés, representado por la Procuradora Dña. María Teresa Guillén Castellano, se aprueba la propuesta de inventario presentada por la demandante y en consecuencia se declara ganancial el depósito existente en el Deutsche Bank procedente de la venta del automóvil matrícula NP-....-NP y de la licencia municipal de taxi nº NUM000 del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, sin que existan bienes inmuebles de carácter ganancial. " .
La relacionada sentencia, se recurrió en apelación por la indicada parte de conformidad a lo dispuesto en el artículo 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, y no habiéndose practicado prueba en esta segunda instancia, y tras darle la tramitación oportuna se señaló para su estudio, votación y fallo el día cuatro de julio de dos mil cinco .
Se ha tramitado el presente recurso conforme a derecho, y observando las prescripciones legales. Es Ponente de la sentencia el Iltmo. Sr. D. Carlos García Van Isschot, quien expresa el parecer de la Sala.
Alega el recurrente que en el acto del juicio mantuvo que el allanamiento se circunscribía sólo a la consideración de bien ganancial de la licencia de taxi y vehículo afecto, sin que la contraparte haya acreditado la...
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