STSJ Cantabria , 21 de Mayo de 2004

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2004:884
Número de Recurso1000/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00392/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuán Arias Doña Maria Josefa Artaza Bilbao En la Ciudad de Santander, a 21 de mayo de dos mil cuatro. La Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 1000/03 , interpuesto por DON Darío representado por el Procurador Sra. Saez Bereciartu y defendido por el Letrado Don Roberto Morales Herrero, contra el GOBIERNO DE CANTABRIA , representado y defendido por el Letrado de sus Servicios Jurídicos. La cuantía del recurso es de 2.884,161 . Es ponente el Iltmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso se interpuso el día 3 de noviembre de 2003, contra la resolución del Consejo de Gobierno de fecha 18 de julio de 2003, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución del la Consejería de Ganadería y Pesca del Gobierno de Cantabria de fecha 18 de junio de 1998.

SEGUNDO

En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte sentencia por la que se declare la nulidad de las resoluciones combatidas, por ser contrarias al ordenamiento jurídico.

TERCERO

En su escrito de contestación a la demanda, la Administración demandada, solicita de la Sala la desestimación del recurso, por ser conformes a Derecho los actos administrativos que se impugnan.

CUARTO

No solicitado el recibimiento del proceso a prueba, se señala fecha para votación y fallo el día 20 de mayo de 2004, en que efectivamente se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna a través del presente recurso la resolución del Consejo de Gobierno de fecha 18 de julio de 2003, desestimatoria del recurso de alzada interpuesto contra la resolución del la Consejería de Ganadería y Pesca del Gobierno de Cantabria de fecha 18 de junio de 1998.

SEGUNDO

Se invoca por la parte recurrente, como primer motivo de impugnación de la resolución recurrida, una cuestión de carácter estrictamente formal, dado que se considera que la resolución debe ser declarada nula por haberse omitido el preceptivo trámite de audiencia.

TERCERO

El artículo 84.1 LRJPAC dispone que "Instruidos los procedimientos, e inmediatamente antes de redactar la propuesta de resolución, se pondrán de manifiesto a los interesados o, en su caso, a sus representantes, salvo lo que afecte a las infracciones y datos a que se refiere el artículo 37.5."

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