STSJ Cantabria , 17 de Mayo de 2004

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2004:841
Número de Recurso1446/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CANTABRIA SALA SOCIAL SANTANDER SENTENCIA: 00544/2004 Rec. Núm. 1446/03 Sec. Sra. Colvée Benlloch.

PRESIDENTE Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias MAGISTRADOS Ilma. Sra. Dña. Mercedes Sancha Saiz Ilmo. Sr. D. Rafael Antonio López Parada EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente SENTENCIA En Santander, a diecisiete de mayo de dos mil cuatro.

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación D. Imanol contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Dos de Santander, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Imanol siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 3 de octubre de 2.003 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El actor D. Imanol , nacido el 20 de noviembre de 1.964 se encuentra afiliado a la Seguridad Social y encuadrado en el Régimen General. Mutualidad de Trabajadores por cuenta ajena, con el nº

    NUM000 , reuniendo el período de cotización suficiente y siendo su profesión habitual la de Pandero y repartidor de Correos.

  2. - Previa la correspondiente solicitud de fecha 26 de febrero de 2.003 la Unidad de Valoración Médica de Incapacidades emitió dictamen el 3 de marzo de 2.003 recayendo en el expediente administrativo Resolución de la Dirección Provincial del INSAS de 28 de marzo de 2.003 en la que se deniega al actor el derecho a ser declarado en situación de invalidez permanente en cualquiera de sus grados.

  3. - La base reguladora de la incapacidad permanente absoluta es de 1300,67 euros mensuales.

  4. - El actor presenta el siguiente cuadro clínico: "Oído: otomastoidistis colesteatomatosa intervenida en ambos oídos, pérdida auditiva de media en frecuencias conversacionales de 80 DB en oído derecho y 70 DB en oído izquierdo. Hipoacusia OI irreversible, no indicada cirugía en oído derecho. Sigue con dificultad una conversación en tono normal, debo elevar voz para ser entendida.

    Aparato locomotor: columna vertebral lumbo-sacra: no contracturas musculares paravertebrales.

    Limitada la movilidad en 25% en todos sus ejes. No signos de radiculopatía motora. Miembro superior derecho: codo extensión completa, flexión activa 95 grados, refiere dolor y no permite mayor movilización pasiva. Muñeca derecha: flexión palmar completa, extensión-0-45 grados desviaciones normales, pronosupinación faltan últimos grados. Phalen positivo. Túnel negativo. Hombro absucción y antepulsión 0-110 grados rotaciones limitadas en últimos grados. _Resumen de informes aportados: Dr. Jose Daniel (consulta privada), RX, C.V. L-s, pérdida de lordosis lumbar. Discopatía L1-L2 y L5-S1. Osteofitos iniciales, lumbarización de 1ª vértebra sacra. Ecografía de codo derecho Tendinopatía degenerativa del tendón distal del bíceps derecho. EMG y estudio de conducción nerviosa en mano derecha: bloqueo parcial en la conducción del N. Mediano derecho en muñeca de intensidad leve-moderada. Deficiencias más significativas: osteomastoiditis crónica colesteatomatosa izquierda y derecha intervenidas. Hipoacusia que afecta a frecuencias conversacionales bilateral. Síndrome del canal carpiano derecho leve-moderado.

    Tendinopatía 1ª vértebra sacra. Discopatía L1-L2 y L5-S1, osteofitos en C.V., L-S con limitación funcional leve. Tratamiento efectuado: actualmente antiinflamatorio tópico. Hizo rehabilitación.

  5. - Ha agotado la vía administrativa previa.

  6. - En el acto del juicio oral la parte actora solicitó con carácter subsidiario la declaración de incapacidad permanente total.

  7. - El trabajador figura de alta en el Régimen General de la Seguridad social como trabajador por cuenta ajena en la empresa Panadería el Cruce, S.L. y en la Sociedad Estatal de Correos y...

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