STSJ Galicia , 6 de Octubre de 2005
Ponente | LUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:2633 |
Número de Recurso | 363/2005 |
Procedimiento | SOCIAL |
Fecha de Resolución | 6 de Octubre de 2005 |
Emisor | Sala de lo Social |
Recurso núm. 363/05
MRA
ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ
PRESIDENTE
ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA
ILMA SR. DOÑA ROSA RODRIGUEZ RODRIGUEZ
A Coruña, a seis de octubre de dos mil cinco.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.
Magistrados citados al margen y
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de Suplicación núm. 363/05 interpuesto por Raúl contra la
sentencia del Juzgado de lo Social núm. Dos de Orense siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.
Que según consta en autos número 233/04 se presentó demanda por Raúl en reclamación de INCAPACIDAD siendo demandado INSS, TGSS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado sentencia con fecha veintidós de septiembre de dos mil cuatro por el Juzgado de referencia que desestimo la demanda.
Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:
"Primero.- La parte demandante, D. Raúl, nació el 12-12-42 y figura afiliado a la Seguridad Social con el nº NUM000 encuadrado en el régimen General, con la profesión de Oficial Primera, Carpintero. La base reguladora mensual es 654,35#./ Segundo.- Por resolución del INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL de fecha 7-2-02, el actor fue declarado afecto de una IP Total por padecer las siguientes lesiones: " artrosis glenohumeral bilateral; cervicoartrosis moderada, lumboartrosis moderada".Solicitada revisión de grado fue desestimada por resolución de fecha 5-1-04, interpuesta reclamación administrativa previa, fue desestimada por resolución de fecha 17-2-04, que confirmó la impugnada./ Tercero.- Las lesiones que presenta son las siguientes. Artropatía degenerativa de caquis de significativo grado radiológico y ligera limitación funcional. Síndrome subacromial derecho. Distemia."
Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:
FALLO: Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por D. Raúl contra INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, sobre invalidez absolviendo a los demandados de la pretensión en su contra esgrimida.
Con fecha 26-9-2004 se dictó auto de aclaración cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Aclarar el Fundamento de derecho 1º de la Sentencia número 660/04 en el sentido interesado, quedando el mismo con el tenor literal siguiente. Interesa la parte actora en el suplico de la demanda formulada se dicte sentencia en virtud de la cual se la declare afecto de una invalidez permanente absoluta para todo tipo de trabajo, y en consecuencia, se condene a las Entidades demandadas responsable al abono de la pensión mensual en cuantía del 100% de la base reguladora mensual de 654,35 #, con efectos económicos e intereses legales que pudieran corresponderle.
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante no siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.
ÚNICO.- 1.- Recurre el beneficiario que se hubiese desestimado su demanda en reclamación de IPA por agravación, instando -por el cauce del art. 191.b LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía art. 191.c LPL - la infracción por inaplicación del art. 137.5 LGSS .
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- Rechazamos la pretensión revisoria, porque se basa «en los informes médicos que constan en la historia clínica del actor y el informe médico de síntesis...
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