SAP Valencia 595/2005, 28 de Octubre de 2005

PonenteCARMEN LLOMBART PEREZ
ECLIES:APV:2005:5496
Número de Recurso2228/2005
ProcedimientoPENAL - APELACION DE JUICIO DE FALTAS
Número de Resolución595/2005
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

Sª penal . Secc. 2ª A. P. Valencia

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN SEGUNDA

VALENCIA

Rº Apelación nº 2228/2005

Juicio Faltas nº 337/2004

Jdo. Instr. nº 19 DE VALENCIA

SENTENCIA NÚMERO 595-05

En la Ciudad de Valencia a veintiocho de octubre de dos mil cinco.

La Ilma. Sra. Dª. CARMEN LLOMBART PEREZ, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, constituido en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Faltas, procedentes del Juzgado de Instrucción número 19 de Valencia, registrados en el mismo con el número 337/2004, correspondiéndose con el rollo número 2228/2005.

Han intervenido en el recurso, en calidad de apelante, la Letrado Dª Noemí Mestre Camarena, en nombre del representante legal de Gas. GACONSA, S.L.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, de fecha 22 DE MARZO DE 2005, declaró probados los hechos siguientes: "Que sobre la base de las pruebas practicadas en el juicio de faltas, que el día 1 de septiembre de 2003, se presentó en el domicilio de Dña. María Luisa, sito en la CALLE000, NUM000 - NUM001 de Valencia, un operario, D. Ernesto, de la empresa Gaconsa con objeto de realizar la revisión de la instalación de gas que la misma tenía en su domicilio, sin que hubiese sido requerido por la Sra. María Luisa para efectuar dicha revisión ni se le hubiese avisado con carácter previo de que la misma se iba a efectuar. La revisión consistió en una supuesta prueba de estanqueidad, durante la cual no se encontraba presente el instalador de la empresa, D. Luis Andrés, único habilitado para efectuar este tipo de operaciones, apareciendo su firma en los documentos de la revisión que obran en autos, y por la cual tuvo que abonar la cantidad de 37 euros y suscribir un contrato con la empresa Gaconsa.

El día 15 de septiembre de 2003, sobre las 10:00 horas, se personó en el domicilio de Dña. Claudia, sito en la NUM002, NUM003 - NUM004 de Valencia, un operario, D. Jesús Luis, de la empresa Gaconsa, con objeto de realizar la revisión de la instalación de gas, sin que Dña. Claudia hubiese requerido la presencia de dicho operario en su domicilio o hubiese concertado previamente una cita con la misma. La revisión consistió en una supuesta prueba de estanqueidad, durante la cual no se encontraba presente el instalador de la empresa, D. Luis Andrés, único habilitado para efectuar este tipo de operaciones apareciendo su firma en los documentos de la revisión que obran en autos, abonando por dicha revisión la cantidad de 37 euros y sucribiendo un contrato con la empresa Gaconsa.

El día 6 de noviembre de 2003, se presentó en el domicilio de D. Simón, sito en la c/ DIRECCION000

, NUM005 - NUM006 de Valencia, un operario, D. Jose Miguel, de la empresa Gaconsa, con objeto de realizar la revisión de la instalación de gas, sin que el Sr. Simón hubiese solicitado dicha revisión o se hubiese concertado previamente con el mismo cita alguna, ya que en la fecha en que se efectuó la revisión no era necesario que esta se realizase, ya que la instalación se había...

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