STSJ Cantabria , 2 de Marzo de 2004

PonenteCESAR TOLOSA TRIVIÑO
ECLIES:TSJCANT:2004:346
Número de Recurso12/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 2 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CANTABRIA SALA CON/AD SANTANDER SENTENCIA: 00176/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANTABRIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SENTENCIA Iltmo. Sr. Presidente Don César Tolosa Tribiño Iltmos. Sres. Magistrados Doña María Teresa Marijuán Arias Doña María Josefa Artaza Bilbao #############? 9472^ 72 En la Ciudad de Santander, a 2 de marzo de 2004. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso de apelación nº 12/04 interpuesto contra el Auto dictado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander, de fecha 6 de Octubre de 2003, por DON Iván , representado por el Procurador Don José Luis Aguilera San Miguel y defendido por el Letrado Don José María Riego Diego, siendo parte apelada la ADMINISTRACION DEL ESTADO (MINISTERIO DE HACIENDA) . Es ponente el Ilmo. Sr. Don César Tolosa Tribiño, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El recurso de apelación se interpuso el día 5 de Noviembre de 2003, contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Santander, dictado en fecha 6 de Octubre de 2003, que en su parte dispositiva establece entre otros acuerdos "I.- Declaro la inadmisión parcial del recurso por la causa señalada y respecto a las pretensiones relativas al complemento de productividad deducidas en los "suplicos" de ambas demandas y en cuanto a los demás pedimentos ejercidos".

SEGUNDO

Del recurso de apelación se dio traslado a que formuló oposición al mismo y solicitó de la Sala su desestimación.

TERCERO

En fecha 10 de Diciembre de 2003 se dictó providencia elevando las actuaciones a esta Sala y no habiéndose solicitado la apertura de período probatorio, ni celebración de vista o conclusiones por escrito, se declaró el recurso concluso para sentencia, señalándose para la votación y fallo el día 19 de Febrero de 2004, en que se deliberó, votó y falló.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como afirma la STSJ Madrid de 16 de abril de 2002, en un supuesto semejante al presente:

" PRIMERO.- El auto apelado inadmite el recurso presentado por la "Plataforma Social de Sarracines"

al entender que se había producido una desviación procesal ha de señalarse que efectivamente en el proceso contencioso-administrativo sólo cabe el enjuiciamiento del acto cuya impugnación se anuncia en el escrito de interposición, en el cual precisamente ha de citarse el acto por el que se formule, según expresa el artículo 57.1 de la propia Ley, pues como señala la Sentencia de la sala Tercera del Tribunal Supremo de 9 de diciembre de 1992 una cosa es que puedan acumularse pretensiones diversas, cuando entre los actos impugnados por ellas exista cualquier conexión directa (artículo 44 de ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa), y que si antes de formularse la demanda se dicte algún...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR