STSJ Castilla y León , 29 de Diciembre de 2004

PonenteLOPE DEL BARRIO GUTIERREZ
ECLIES:TSJCL:2004:6722
Número de Recurso2175/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución29 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 02175/2004 Rec. Núm.2175/2.004 Ilmos. Sres.:

D. Gabriel Coullaut Ariño Presidente D. Juan A. Alvarez Anllo D. Lope del Barrio Gutiérrez /

En Valladolid a veintinueve de Diciembre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm. 2.175/2.004 interpuesto por Esperanza contra la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 2 de Ponferrada de fecha 28-06-2004 , (autos nº 71/2.004), dictada en virtud de demanda promovida por Esperanza , contra el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, y GERENCIA REGIONAL DE SALUD DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEON sobre INCAPACIDAD TEMPORAL.

Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. DON Lope del Barrio Gutiérrez.

ANTECEDENTES DE HECHO
primero

Con fecha 16-02-2004, se presentó en el Juzgado de lo Social Nº 2 de Ponferrada demanda formulada por Esperanza , en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia desestimando referida demanda.

Segundo

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes: "1.- La actora, nacida el 3-5-1951, estuvo afiliada al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) desde el 1-2-1992 hasta el 31-1-2003 fecha en que causó baja voluntaria. 2.- En fecha 21 de enero de 2003, causa baja por enfermedad común con el diagnóstico dolores, vértigos y mareos, situación en la que permaneció hasta el 31.7.2003 fecha en que fue dada de alta médica por la inspección. 3.- En fecha 2-XII-03, solicitó pago directo de al prestación de Incapacidad Temporal que el Instituto Nacional de la Seguridad Social reconoció en resolución de fecha 23-1-03, prestación que fue satisfecha hasta el 31-7-03 fecha en que fue dada de alta médica. 4.- La actora solicitó el pago directo de la prestación de incapacidad Temporal que el Instituto Nacional de la Seguridad Social denegó en resolución de fecha 5-XII-03 por no encontrarse de alta o situación asimilada al alta. 5.- La Base Reguladora de la prestación asciende a 740,7 euros, estando las partes conformes. 6.- Agotada la vía previa presentó...

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