STSJ Castilla y León , 4 de Octubre de 2004

PonenteMARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
ECLIES:TSJCL:2004:4900
Número de Recurso1526/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2004
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL VALLADOLID SENTENCIA: 01526/2004 Rec. Núm 1526/04 Ilmos. Sres.

Dª. Mª Luisa Segoviano Astaburuaga Presidente D. José María Ramos Aguado D. Emilio Alvarez Anllo / En Valladolid, a cuatro de Octubre de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados ha dictado la siguiente SENTENCIA En el Recurso de Suplicación núm.1526 de 2.004, interpuesto por Juan Francisco contra sentencia del Juzgado de lo Social DOS DE PALENCIA (Autos 1/04) de fecha 28 de abril de 2004 dictada en virtud de demanda promovida por Juan Francisco contra IBERMUTUAMUR Y OTROS, sobre INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA, ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. DOÑA Mª Luisa Segoviano Astaburuaga.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 7 de enero de 2004 se presentó en el Juzgado de lo Social de Palencia Dos demanda formulada por el actor en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados constan los siguientes:

"3PRIMERO.- El actor figura afiliado al Régimen General de la Seguridad Social como trabajador de la empresa GAHERPROGA S.L.con número de afiliación NUM000 . Sufrió cuando estaba prestando sus servicios profesionales como mozo de almacén de piensos un accidente de trabajo el 22-5-2002. La mutua

Ibermutuamur de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales número 274, tenía concertada las contingencias derivadas de aquel en dicho periodo.

Como consecuencia de las lesiones producidas, el actor presenta las lesiones que obran a los folios 55 y siguientes de autos como informe, propuesta clínico-laboral de la Mutua y que posteriormente una vez iniciado expediente administrativo de invalidez, objetiva el EVI en los folios 46,47, y 48 que se dan íntegramente por reproducidos en informe de 6-8-2003.

SEGUNDO

Por la dirección del INSS se resuelve en fecha 26-9- 2003 declarar al actor afecto de una invalidez permanente total para su profesión habitual, condenando a la empresa demandada, es decir, a la Mutua de Accidentes de Trabajo al pago de una base reguladora de 1099,22 con derecho a percibir una Pensión del 55% de aquella.

Posteriormente es modificada dicha resolución por otra de 30- 10-2003 en el que se le reconoce:

BASE REGULADORA: 1.099,22 Euros PENSION INICIAL: 824,42 Euros.

EFECTOS: De 23/09/2003 a 31/10/2003 PORCENTAJE DE PENSION:75%.

ÚaLTIMA MEJORA: 14, 13 Euros.

IMPORTE LIQUIDO: 283,25 Euros.

TERCERO

Frente a dicha resolución se formula reclamación previa en vía administrativa, solicitando se le declare al actor afecto de una invalidez permanente absoluta, y desestimada dicha impugnación por resolución de 28-11-2003, se presenta demanda en vía judicial interesando: " se declare al actor en situación de INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR