STSJ Castilla y León , 13 de Abril de 2004

PonenteEZEQUIAS RIVERA TEMPRANO
ECLIES:TSJCL:2004:2006
Número de Recurso971/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución13 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 00608/2004 Recurso núm.:971/99 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA Nº608 ILMOS.SRES.:

PRESIDENTE EN FUNCIONES.

DON.EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO MAGISTRADOS.:

DON.JESUS B. REINO MARTINEZ.

DON.SANTOS HONORIO DE CASTRO GARCIA.

En Valladolid, a trece de abril de dos mil cuatro.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

Resolución de la Dirección General de Obras Hidráulicas y Calidad de las Aguas de fecha 8 de abril de 1999, por la cual se desestimaba el recurso ordinario interpuesto frente a la resolución de la Confederación Hidrográfica del Duero de fecha 9 de septiembre de 1997.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: D. Inocencio Y D. Oscar , representados por la Procuradora Dª. Henar Monsalve Rodriguez y bajo la dirección letrada D. Pedro I. Castellanos Alonso Como demandado: ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO.- MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, representado y defendido por la Abogacía del Estado.

Como codemandado: D. Jose Ángel Representado por el Procurador D. Juan Antonio de Benito Paysán, bajo la dirección letrada de D. Jesús Julio Padilla Pérez.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicito de este Tribunal el dictado de una Sentencia por la que se estime íntegramente el recurso contencioso administrativo interpuesto por los recurrentes, declarando alternativamente:

  1. la nulidad de la resolución recurrida y de la de 9 de septiembre de 1997 dictada por la Confederación Hidrográfica del Duero, por ser contrarias a derecho y la retroacción del procedimiento al momento anterior a ser dictadas ambas, para que por el órgano competente Confederación Hidrográfica del Duero se dicte otra resolución que se pronuncie sobre el fondo del asunto, esto es, sobre la procedencia de acceder o no a la solicitud originaria con las modificaciones propuestas, sin que se considere por tanto como nueva solicitud el escrito de fecha 14 de julio de 1997.

  2. La nulidad de la resolución recurrida y de los actos de que la misma trae causa, por ser contraria a derecho, revocándola y resolviendo aceptar la modificación de las características de los aprovechamientos de agua de que son titulares los recurrentes, conforme a los solicitado en el escrito de 23 de diciembre de 1998, con las modificaciones propuestas en el escrito de 14 de julio de 1997.

Por OTROSI, se interesa el recibimiento a prueba del recurso.

SEGUNDO

En los escritos de contestaciones, de la parte demandada y codemandada, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en los mismos, solicitaron de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

CUARTO

Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por ambas; se señaló para votación y fallo el día cinco de los corrientes.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales. Salvo los plazos legales en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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