STSJ Comunidad Valenciana , 7 de Julio de 2004

PonenteFERNANDO NIETO MARTIN
ECLIES:TSJCV:2004:4109
Número de Recurso170/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 7 de Julio de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación nº.- 03/170/2004.

Sentencia 339/2003, de treinta y uno de diciembre, dictada por el Juzgado de lo contencioso-administrativo nº uno de Alicante .

Recurso ordinario nº 292/2003.

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA En la ciudad de Valencia, a siete de julio de 2004.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Iltmos. Sres. D. JOSE BELLMONT MORA, Presidente, D. LUIS MANGLANO SADA Y D. FERNANDO NIETO MARTIN, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

S E N T E N C I A NUMERO 1260 En el recurso de apelación número 339/2003 interpuesto por D. Romeo , representado por la Procuradora Doña María Cortés Cervera y defendido por la Letrada Doña María del Carmen Simón Zambrana, contra la sentencia 339/2003, de treinta y uno de diciembre, dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº uno de Alicante que acordó no acceder a la solicitud de invalidez jurídica y reconocimiento de una situación personal individualizada que esta persona física había formulado en relación con un acuerdo del Sr. Subdelegado del Gobierno en Valencia de diez julio 2002. Esta resolución administrativa había rechazado la solicitud de permiso de residencia y trabajo soliictada por el Sr. Romeo .

Ha sido parte en los autos como apelado la ADMINISTRACION DEL ESTADO, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, siendo Ponente el Sr. Magistrado D. FERNANDO NIETO MARTIN.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día veintiocho de enero de 2004 Doña Mª del Carmen Simón Zambrana, actuando en nombre y representación de D. Romeo , ha interpuesto un recurso de apelación contra la sentencia citada.

SEGUNDO

Habiéndose admitido a trámite este recurso por providencia del juzgado, se dió traslado a la parte apelada para que formulase escrito de alegaciones, escrito que ha presentado el cuatro de febrero de 2004.

TERCERO

Recibidos por esta Sala los autos correspondientes al procedimiento en cuestión el nueve de febrero de 2004, el catorce de abril se señaló la votación y fallo del recurso para el día seis de junio de 2004.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

D. Romeo cuestiona en este proceso contencioso- administrativo la conformidad a Derecho de la sentencia 339/2003, de 31 de diciembre, dictada por el juzgado de lo Contencioso-administrativo nº uno de Alicante . Esta resolución judicial ha rechazado la pretensión de invalidez jurídica y reconocimiento de una situación personal individualizada que esta persona física presentó frente a un acuerdo del Sr. Subdelegado del Gobierno en Alicante de 10 julio 2002.

En concreto, las razones que fundan la decisión judicial de instancia - pero reiterando ahora sólo aquellas que guardan una precisa vinculación con los argumentos que la representación procesal del Sr. Romeo vierte en el recurso de apelación - son las de que:

"... la mencionada certificación aparece expresamente permitida, en sustitución del informe individual "ad hoc", por el art. 71.1.b) del Reglamento de Ejecución de la Ley de Extranjería , por lo que no resulta reprochable su incorporación aún tardía al expediente, siempre que como aquí sucede y según se infiere de las fechas del informe y de la resolución, aquél se refiera a datos anteriores a ésta y sirva de base a su contenido ... aquél certifica una situación anterior ... Así lo ha entendido nuestro Tribunal Supremo (STS de 30 de octubre de 2.002 ...).

"... en el que se reclama el permiso de trabajo para la ocupación de peón albañil, actividad que, en principio, no requiere de especial cualificación ... Además, el recurrente no ha acompañado, pese a exigirlo el art. 81 1.2 e) del Reglamento de Ejecución de la LO de Extranjería , certificación de los Servicios Públicos de Empleo que acrediten que la situación laboral fuera deficitaria de mano de obra en la...

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