STSJ Comunidad Valenciana , 17 de Junio de 2004

PonenteJUAN MONTERO AROCA
ECLIES:TSJCV:2004:3586
Número de Recurso425/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Junio de 2004
EmisorSala de lo Social

Rec. c/sentc. nº 425/04 Recurso contra Sentencia núm. 425/04 Ilmo. Sr. D. Francisco José Pérez Navarro Presidente Ilmo. Sr. D. Manuel José Pons Gil Ilmo. Sr. D. Juan Montero Aroca.

En Valencia, a diecisiete de Junio de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, ha dictado la siguiente, SENTENCIA Nº 1978/04 En el Recurso de Suplicación núm. 425/04, interpuesto contra la sentencia de fecha 16 de Mayo de 2.003, dictada por el Juzgado de lo Social núm. Nueve de Valencia, en los autos núm. 849/02 , seguidos sobre Reconocimiento Derecho, a instancia de D. Ramón , a quien asiste el Letrado D. José Manuel García Layunta, contra MINISTERIO DE DEFENSA, representado por el Sr. Abogado del Estado, y en los que es recurrente el citado demandado, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo. Sr. D. Juan Montero Aroca.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida de fecha 16 de Mayo de 2.003 , dice en su parte dispositiva:

"

FALLO

"Que estimando la demanda debo declarar y declaro el derecho de D. Ramón , a ser clasificado en el Grupo Profesional Tercero del Convenio Colectivo Unico para el personal laboral de la Administración General del Estado , condenando al MINISTERIO DE DEFENSA a estar y pasar por esta resolución y a abonar al actor la cantidad de 1.038,26 Euros.".

SEGUNDO

Que en la citada sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"primero.- Que el actor D. Ramón , viene prestando sus servicios para el Ministerio de Defensa como personal laboral, en la Sala de Armas del Circulo Recreativo Mislata "Rey Juan Carlos" (Valencia), con una antigüedad de 1974, categoría profesional de Técnico de actividades Técnicas de Mantenimientos y Oficios Nivel 4, percibiendo un salario mensual prorrateado de 1.348,17 Euros. SEGUNDO.- Que el actor en virtud del Convenio Unico de Personal Laboral al servicio de la Administración del Estado , fue clasificado en el Grupo Profesional 4, postulando el actor su inclusión en el grupo profesional III, interponiendo para ello en fecha 27-5-02 reclamación previa, que fue desestimada por resolución de 5-7-03. Postulando el 99 a junio 2.002, cuyo montante total asciende a 2.724,55 Euros, según desglose que consta en el hecho duodecimo de la demanda, que se tiene aquí por íntegramente reproducido, postulando subsidiariamente las diferencias del periodo junio 01 a junio 02 cuyo montante asciende a 1.038,26 Euros. TERCERO.- Que el Comité Provincial, del personal laboral del ministerio de Defensa de Valencia emitió informe de funciones, en fecha 13-6-02, informe que por obrar unido a las actuaciones se tiene aquí por íntegramente reproducido. Asimismo en fecha 24-1-03 fue emitido informe de funciones por el Mando regional de centro, el cual asimismo se tiene aquí por reproducido, así como el de fecha 28-2-03 emitido por el Jefe de la Sección Laboral. CUARTO.- Que el actor tiene la responsabilidad de las tareas y del personal ayudante dedicado a la conservación y mantenimiento del edificio y dependencias de la Sala de Armas, edificio de amplísimas dimensiones con zonas construidas hace más de 50 años, así como la de sus equipos e instalaciones, dirigiendo,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR