STSJ Comunidad Valenciana , 14 de Abril de 2004
Ponente | JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA |
ECLI | ES:TSJCV:2004:1894 |
Número de Recurso | 697/2003 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Abril de 2004 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
R. 697/2003 SENTENCIA Nº 296 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Sección Primera Ilmos. Sres. :
Presidente :
JOSE DIAZ DELGADO.
Magistrados :
JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
D. CARLOS ALTARRIBA CANO.
En la Ciudad de Valencia, a catorce de abril de dos mil cuatro.
VISTO por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, el recurso contencioso administrativo no 697/2003, interpuesto por el Procurador D. Jorge Ramón Castelló Navarro, en nombre y representación de D. Luis Pablo , contra la Administración del Estado. Habiendo sido parte en autos la Administración demandada, representada por el Abogado del Estado.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó al demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplica se dicte sentencia declarando no ajustada a Derecho la resolución recurrida.
La parte demandada contesta a la demanda, mediante escrito en el que suplica se dicte sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
Habiéndose recibido el proceso a prueba, se emplazó a las partes para que evacuasen el trámite de conclusiones prevenido en el artículo 78 de la Ley de la Jurisdicción y, verificado, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se señaló la votación para el día 7 de abril de 2004, teniendo así lugar.
En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JUAN LUIS LORENTE ALMIÑANA.
El presente recurso contencioso-administrativo se ha interpuesto, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia, de 31 de octubre de 2002, desestimatoria de la reclamación nº 03/999/1999, formulada contra la liquidación nº 1/99 practicada por la Oficina Liquidadora de Denia, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, importe 3.421'05 euros, relativa al documento nº
264/88.
Por lo que respecta a la pretendida inadmisibilidad del recurso contencioso administrativo interpuesto, formulada por el Abogado del Estado por vía del art. 69.e) y 46 de la Ley de esta...
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