STSJ Comunidad Valenciana , 24 de Febrero de 2004

PonenteMARIA DESAMPARADOS IRUELA JIMENEZ
ECLIES:TSJCV:2004:846
Número de Recurso1799/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución24 de Febrero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA SALA DE LO CONTENCIOSO- ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA En la Ciudad de Valencia, a veinticuatro de febrero de dos mil cuatro.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Srs. D. EDILBERTO JOSÉ NARBON LAINEZ, Presidente, Dña. AMPARO PÉREZ NAVARRO y Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ, Magistrados, ha pronunciado la siguiente:

SENTENCIA NUM:

En el recurso contencioso administrativo núm. 1799/2000, interpuesto por el Procurador D. Julio Just Vilaplana, en representación de D. Ernesto Y DÑA. María del Pilar , Y DÑA. Ariadna Y D. Humberto , frente a la Resolución de 20 de septiembre de 2000 del Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalitat Valenciana, desestimatoria del recurso de alzada formulado por D. Ernesto y otros contra la Resolución del Director General de Transportes de 19 de abril de 2000, por la que se dispuso autorizar la transmisión de la concesión administrativa de transporte público regular de viajeros en autobús de uso general Alcoy-Pego-El Verger (V-1215, A-41) a favor de la mercantil Automóviles La Alcoyana S.A. Ha sido parte en autos como Administración demandada la GENERALIDAD VALENCIANA, representada y asistido por Letrado de sus Servicios Jurídicos, y parte codemandada AUTOBUSES LA CONTESTANA S.L, representada por la Procuradora Dña. Maria Teresa García Carreño, y AUTOMOVILES LA ALCOYANA S.A, representada por el Procurador D. Jorge Tarsilli Lucaferri; siendo Magistrada ponente la Ilma. Sra. Dña. DESAMPARADOS IRUELA JIMÉNEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito solicitando se dictara sentencia que contuviese los siguientes pronunciamientos:

Se anulase y dejase sin efecto alguno, por no ser conforme a derecho, la Resolución dictada con fecha 20 de septiembre de 2000 por el Hble. Conseller de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalitat Valenciana.

Consecuentemente, se anulase y dejase sin efecto alguno, por no ser conforme a derecho, la Resolución dictada con fecha 19 de abril de 2000 por el Director General de Transportes de la Generalitat Valenciana, por la que se acordó autorizar la transmisión de la concesión administrativa Alcoy-Pego-El Verger (V-1215/41), hoy CVA-018, así como de las autorizaciones afectas a la misma, a favor de Automóviles La Alcoyana S.A. Se declarase, consecuentemente, que Autobuses La Contestana S.L. es la titular de la concesión administrativa Alcoy-Pego-El Verger (V-1215/41), hoy CVA-018, así como de las autorizaciones afectas a la misma, ordenando a la Administración demandada la inmediata realización de cuantas actuaciones fuesen necesarias para la efectividad de dicha declaración.

Se ordenase a Automóviles La Alcoyana S.A. la inmediata cesación en la explotación de la concesión administrativa Alcoy-Pego-El Verger (V-1215/41), hoy CVA-018, así como de las autorizaciones afectas a la misma, con el apercibimiento de incurrir en la responsabilidad administrativa establecida por los arts. 138 y ss. de la LOTT , así como en cuantas otras responsabilidades, tanto de orden civil como penal, pudieran derivarse del incumplimiento de esa orden.

Se ordenase la publicación de la sentencia en el DOGV a cargo de los demandados.

Se condenase a los demandados a estar y pasar por los anteriores pronunciamientos.

SEGUNDO

La Administración demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso, se declarase la conformidad a Derecho de las Resoluciones administrativas impugnadas, absolviendo a la Generalidad Valenciana de la demanda.

TERCERO

La parte codemandada, Autobuses La Contestana S.L., contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitando se dictase sentencia en la que se declarase la desestimación del recurso interpuesto por la demandante, con condena a la misma en la totalidad de costas procesales.

CUARTO

La parte codemandada, Automóviles La Alcoyana S.A., contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitando se dictase sentencia por la que se declarase que las resoluciones impugnadas son plenamente ajustadas a Derecho y, en consecuencia, se desestimase el recurso en su integridad, con imposición de costas a la parte actora.

QUINTO

Transcurrido el periodo probatorio, y acordado el trámite de conclusiones, se declaró el pleito concluso, quedando los autos pendientes para votación y fallo.

SEXTO

Se señaló la votación para el día veinticuatro de septiembre de dos mil tres y sesiones sucesivas.

SEPTIMO

En la tramitación del presente proceso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Han de ser tenidos en cuenta, para la resolución del presente recurso, los siguientes hechos que se desprenden del expediente administrativo obrante en autos:

Mediante O.M. de 10 de agosto de 1956 del Ministerio de Obras Públicas fue adjudicado el servicio regular de transporte de viajeros entre Alcoy y Pego a la comunidad de bienes Vda. e Hijos de Juan Carlos , convalidado en 1957 como concesión administrativa de transporte público regular de viajeros en autobús de uso general Alcoy-Pego-El Verger (V-1215;A41).

Por Resolución de 6 de noviembre de 1992 la Dirección General de Transportes autorizó la transferencia de las autorizaciones de transporte de titularidad de Vda. e Hijos de Juan Carlos C.B. a D. Benito , de forma provisional hasta que se pudiese llevar a cabo la conversión de aquélla en persona jurídica.

En fecha 20 de enero de 1994 D. Benito , en representación de Vda. e Hijos de Juan Carlos C.B., presentó en los Servicios Territoriales de Transporte de Alicante, a los efectos de la previa autorización prevista en el art. 94-2 del Reglamento de la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres , solicitud de autorización -reiterada en fecha 11 de febrero siguiente- de transferencia de la concesión de transporte público regular de viajeros por carretera de uso general Alcoy-Pego-El Verger (V-1215, A-41) a favor de la mercantil Autobuses La Contestana S.L. Mediante Resolución de 1 de marzo de 1994 el Director General de Transportes de la Conselleria de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes de la Generalitat Valenciana, autorizó la transmisión de la concesión administrativa del servicio de transporte público regular permanente de uso general de viajeros por carretera entre Alcoy-Pego-El Verger (V-1215, A-41) a favor de Autobuses La Contestana S.L., por cesión de su anterior...

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