STSJ Extremadura , 20 de Mayo de 2004

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2004:860
Número de Recurso802/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00753/2004 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey , ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº. 753 PRESIDENTE :

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS:

DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA B. DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres a veinte de mayo de dos mil cuatro.

Visto el recurso contencioso administrativo número 802 de 2.002 , promovido por el Procurador Sr. Bustillo Busalacchi, en nombre y representación del recurrente D. Armando , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO, representada por el Sr. Abogado del Estado sobre: contra resolución de 30 de abril de 2.002 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura en reclamación número 10/242/99/P contra impuestos especiales. Sanción.

Cuantía.- 6.000 -.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso con imposición de costas a la parte demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada para que la contestase, evacuo dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictada sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. DANIEL RUIZ BALLESTEROS, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

PRIMERO

El demandante Don Armando formula recurso contencioso- administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de fecha 30 de Abril de 2002, que desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra el Acuerdo dictado por el Delegado de Cáceres de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La parte actora considera que la Resolución impugnada vulnera los principios de culpabilidad y legalidad aplicables en el ámbito del Derecho Administrativo Sancionador. La Administración General del Estado, por su parte, se opone a las pretensiones de la parte demandante con base en las consideraciones de su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

La Unidad Fiscal de la Guardia Civil de Cilleros (Cáceres) levantó Acta en los exteriores de la estación de autobuses de Coria a Don Armando , por uso indebido de gasóleo bonificado en el vehículo tipo camión para cantera, marca Pegaso, matrícula F-....-OG de...

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