STSJ Extremadura , 18 de Mayo de 2004

PonenteDANIEL RUIZ BALLESTEROS
ECLIES:TSJEXT:2004:842
Número de Recurso1253/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Mayo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00743/2004 La SECCION DE REFUERZO DE LA Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S.M. el Rey, ha dictado la siguiente:

SENTENCIA NUM 743 PRESIDENTE :

DON WENCESLAO OLEA GODOY MAGISTRADOS :

DOÑA ELENA MÉNDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA /

En Cáceres dieciocho de mayo dos mil cuatro.

Visto el recurso contencioso administrativo número 1.253 de 2.002 , interpuesto por el Procurador Don Carlos Alejo Leal López, en nombre y representación de Carlos Alberto siendo parte demandada LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO representada por el Sr Abogado del Estado , recurso que versa sobre: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Extremadura de 26 de julio de 2.002, dictadas en los expedientes 06/2472/01 y 06/299/02, acumuladas que impone sanción al recurrente.

Cuantía del recurso indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito interesando se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de la presente sentencia.

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la parte demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada para que ésta contestara, evacuó dicho trámite interesando se dictara sentencia desestimatoria de las pretensiones de la parte actora. Fijándose la cuantía del presente recurso la de indeterminada.

TERCERO

No habiéndose interesado por ninguna de las partes el recibimiento a prueba, si formulado conclusiones, ni vista, y no considerarlo necesario la Sala se señaló día para votación y fallo, y llevándose a efecto en el fijado.

CUARTO

En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

Siendo Ponente para este trámite el ILTMO SR DON DANIEL RUÍZ BALLESTEROS que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.

PRIMERO

El demandante Don Carlos Alberto formula recurso contencioso-administrativo contra la Resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Extremadura, de fecha 26 de Julio de 2002, que desestima la reclamación económico-administrativa interpuesta contra el Acuerdo dictado por la Jefa de la Oficina Gestora de los Impuestos Especiales en Badajoz de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La parte actora considera que la Resolución impugnada vulnera los principios de culpabilidad y legalidad aplicables en el ámbito del Derecho Administrativo Sancionador. La Administración General del Estado, por su parte, se opone a las pretensiones de la parte demandante con base en las consideraciones de su escrito de contestación a la demanda.

SEGUNDO

La Patrulla Fiscal de la Guardia Civil de Villanueva de la Serena levantó Acta en la pista pública "Los Italianos", en el término municipal de Don Benito, a Don Carlos Alberto , por uso indebido de gasóleo bonificado en el vehículo tipo furgoneta mixta, marca Nissan, modelo Patrol, matrícula WE-....-W .

El dictamen emitido por el Laboratorio Central de Aduanas sobre una de las muestras extraídas del depósito del vehículo, recoge que se trata de una muestra líquida de color rojo que contiene el trazador y el colorante del gasóleo tipo B, si bien en concentraciones inferiores a las que establece la Orden Ministerial de fecha 15 de Octubre de 1993 . Estos hechos fueron...

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