STSJ Extremadura , 30 de Abril de 2004

PonenteWENCESLAO FRANCISCO OLEA GODOY
ECLIES:TSJEXT:2004:756
Número de Recurso150/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00666/2004 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente:

SENTENCIA Nº 666 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FÁTIMA DE LA CRUZ MERA / En Cáceres a TREINTA de ABRIL de dos mil cuatro.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 150 de 2001 , promovido por el/la Procurador/a D/Dª

LUIS GUTIÉRREZ LOZANO, en nombre y representación del recurrente LOS HERRERICOS S.A. , siendo demandada LA ADMINISTRACION GENERAL DEL ESTADO , representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado; recurso que versa sobre: Resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 26.12.94 recaída en expediente número P-5907/88 relativa inscripción de aguas privadas.

Cuantía indeterminada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.- SEGUNDO .- Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entregó el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO .- Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO .- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.- Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado D. WENCESLAO OLEA GODOY.

II.-

FUNDAMENTOS DE DERECHO

.- PRIMERO .- El acto administrativo que se somete a la consideración del Tribunal por la mercantil "Los Herrericos, S:A.", es la resolución de la Confederación Hidrográfica del Guadiana, de 11 de enero de 2.001 (expediente P-5907/1.988), por la que se denegaba la inscripción en la Sección C del Registro de Aguas Privadas, de dos pozos existentes con anterioridad a enero de 1.986 en una finca de su propiedad, parcela NUM000 del polígono NUM001 , en término municipal de Villarrobledo (Albacete). Se suplica en la demanda que se anule parcialmente el referido acto y se reconozca el derecho a la inscripción de los pozos, con referencia a un régimen de aprovechamiento de 250 hectáreas de riego y un volumen total anual de tres millones de metros cúbicos. Se opone a tales pretensiones el Sr. Abogado el Estado que considera el acto ajustado a Derecho, suplicando su confirmación con la...

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