STSJ Extremadura , 18 de Marzo de 2004

PonenteFATIMA BLANCA DE LA CRUZ MERA
ECLIES:TSJEXT:2004:457
Número de Recurso1488/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.EXTREMADURA SALA CON/AD CACERES SENTENCIA: 00390/2004 La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, integrada por los Iltmos. Sres. Magistrados del margen, en nombre de S. M. el Rey ha dictado la siguiente :

SENTENCIA Nº 390 PRESIDENTE : DON WENCESLAO OLEA GODOY.

MAGISTRADOS DOÑA ELENA MENDEZ CANSECO DON MERCENARIO VILLALBA LAVA DON DANIEL RUIZ BALLESTEROS DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA/

En Cáceres a dieciocho de Marzo de dos mil cuatro.- Visto el recurso contencioso administrativo nº 1488 de 2001, promovido por el Procurador de los Tribunales Sr. Leal López, en nombre y representación de FERROVIAL, S.A. siendo demandada LA JUNTA DE EXTREMADURA, representado por el Letrado de su Gabinete Jurídico; recurso que versa sobre:

"Resolución por acto presunto de la Consejería de Obras Publicas y Turismo por retraso en el pago de liquidación "Ensanche Mejora y Refuerzo Carretera BA- 501 de la C- 530 a Villar del Rey.- Tramo C- 530 Villar del Rey".- C U A N T I A: 171.988,30 Euros

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se presentó escrito mediante el cual interesaba se tuviera por interpuesto recurso contencioso administrativo contra el acto que ha quedado reflejado en el encabezamiento de esta sentencia.-

SEGUNDO

Seguido que fue el recurso por sus trámites, se entrego el expediente administrativo a la representación de la parte actora para que formulara la demanda, lo que hizo seguidamente dentro del plazo, sentando los hechos y fundamentos de derecho que estimó pertinentes y terminando suplicando se dictara una sentencia por la que se estime el recurso, con imposición de costas a la demandada ; dado traslado de la demanda a la parte demandada de la Administración para que la contestase, evacuó dicho trámite interesando se dictara una sentencia desestimatoria del recurso, con imposición de costas a la parte actora.- TERCERO : Recibido el recurso a prueba, se admitieron y practicaron todas las propuestas, obrando en los ramos separados de las partes, declarándose concluso este periodo, se pasó al de conclusiones, donde las partes evacuaron por su orden interesando cada una de ellas se dictara sentencia de conformidad a lo solicitado en el suplico de sus escritos de demanda y de contestación a la misma, señalándose seguidamente día para la votación y fallo del presente recurso, que se llevó a efecto en el fijado.- CUARTO : En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales; Siendo Ponente para este trámite el Iltmo. Sr. Magistrado DOÑA FATIMA DE LA CRUZ MERA.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpone recurso contencioso administrativo la entidad mercantil Ferrovial S.A. contra la resolución desestimatoria por silencio administrativo de la Consejería de Obras Públicas y Turismo de la Junta de Extremadura respecto a la reclamación efectuada con fecha 24 de agosto de 2.001 para el pago del principal de la liquidación provisional y los intereses de demora a que estos autos se contraen, respecto del contrato de obra denominada "Ensanche, Mejora y Refuerzo de la carretera BA-501 de la C-530 a Villar del Rey. Tramo : C-530-Villar del Rey", adjudicada el 10 de noviembre de 1.994. Dicho recurso se amplió a la Resolución de fecha 13 de marzo de 2.002 de la Secretaría General Técnica de la citada Consejería aprobando la liquidación de las obras referidas por un importe de 134.810,22 euros (22.430.534 pesetas).

SEGUNDO

La reclamación denegada se concreta en los siguientes extremos:...

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