STSJ Cataluña , 26 de Noviembre de 2004

PonenteANA RUBIRA MORENO
ECLIES:TSJCAT:2004:13532
Número de Recurso63/2002
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución26 de Noviembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCION QUINTA Recurso nº 63/2002 SENTENCIA Nº 1314/2004 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE DON JOAQUIN JOSE ORTIZ BLASCO MAGISTRADOS DON ALBERTO ANDRES PEREIRA DON JUAN FERNANDO HORCAJADA MOYA DOÑA ANA RUBIRA MORENO En la ciudad de Barcelona, a veintiséis de noviembre de dos mil cuatro.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION QUINTA), ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo número 63/2002, interpuesto por DON Jose Augusto , representado por el Procurador DON JORGE RODRIGUEZ y dirigido por el Letrado DON JOSEP SOLE CANAL, contra la SUBDELEGACION DEL GOBIERNO EN BARCELONA, representado y dirigido por el Señor ABOGADO DEL ESTADO. Es Ponente Doña ANA RUBIRA MORENO, Magistrada de esta Sala, quien expresa el parecer de la misma.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora, por escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución dictada el 25 de septiembre de 2001 por el Subdelegado del Gobierno en Barcelona, que acuerda revocar la licencia de armas tipo E de Don Jose Augusto .

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto en la Ley reguladora de esta Jurisdicción. La actora dedujo demanda en la que, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables, terminaba suplicando que se dictara sentencia por la que se acuerde estimar íntegramente el recurso, anulándose la resolución recurrida por no ser conforme a derecho, reconociéndose el derecho del recurrente a la obtención de la licencia de armas tipo E, con devolución de las guías y armas intervenidas y depositadas en la Intervención de Armas de la Guardia Civil de Sant Andreu de la Barca.

TERCERO

La Administración demandada en la contestación a la demanda solicitó la desestimación del recurso.

CUARTO

Se prosiguió el trámite correspondiente y se recibió el juicio a prueba mediante auto de 5 de febrero de 2003 , con el resultado que obra en autos, evacuándose el trámite de conclusiones sucintas, señalándose para votación y fallo el 25 de noviembre de 2004.

QUINTO

En la sustanciación de este de este pleito se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Como se ha adelantado en los antecedentes de hecho, el presente recurso contencioso administrativo tiene por objeto la resolución dictada el 25 de septiembre de 2001 por el Subdelegado del Gobierno en Barcelona, que acuerda revocar la licencia de armas tipo E de Don Jose Augusto .

SEGUNDO

El artículo 97.2 del Reglamento de Armas, aprobado por el Real Decreto 137/93, de 29 de enero , establece que los órganos encargados de la instrucción del procedimiento realizarán una información sobre la conducta y antecedentes del interesado, cuyo resultado elevarán a la autoridad competente para resolver juntamente con la solicitud y documentación aportada. Cuando se solicita la concesión de las licencias... "E" para armas de la categoría 3ª.2, dicha información se referirá también a la dedicación real del interesado al ejercicio de la caza o de los deportes correspondiente, que podrá ser acreditadas por los solicitantes mediante exhibición de las...

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