STSJ Cataluña , 19 de Enero de 2004

PonenteMANUEL QUIROGA VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2004:426
Número de Recurso878/1999
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCION TERCERA Recurso nº 878/99 Partes: Carlos Miguel Y OTROS C/ GENERALITAT DE CATALUNYA S E N T E N C I A nº 28/04 Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ MAGISTRADOS D. MANUEL TABOAS BENTANACHS D. FRANCISCO LÓPEZ VAZQUEZ En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de enero de 2004 VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCION TERCERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo nº

878/99, interpuesto por Carlos Miguel , representados por el procurador ANTONIO ANZIZU FUREST y asistidos del letrado EDUARD DE RIBOT I MOLINÉ, contra el GENERALITAT DE CATALUNYA, representado y asistido por el LETRADO DE LA GENERALITAT, y AYUNTAMIENTO DE FONTANILLES, representado por el procurador CARLOS TESTOR IBARZ y asistidos por el letrado D. SALVADOR CUADRENY MINOVIS, habiendo comparecido como parte codemandada D. Jose Enrique representado por el procurador D. AGUSTIN HUERTAS SALCES y asistido por el Letrado ALFONSO CASANOVAS JIMENEZ y como parte coadyuvante Dña. Antonia Y TRES MAS representados por el procurador MANUEL SUGRAÑES PEROTES y asistidos por el letrado JOSEP GELI VILALLONGA.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. MANUEL QUIROGA VAZQUEZ, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La representación de la parte actora, interpuso recurso contencioso administrativo contra

Generalitat de Catalunya y Ayuntamiento de Fontanilles.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación; en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Acordado por auto de fecha 4 de abril de 2002 el recibimiento del precedente pleito a prueba se practicó con el resultado que es de ver en autos y tras el oportuno trámite de conclusiones que evacuaron ambas partes se señaló a efectos de votación y fallo la audiencia del día 16 de diciembre de 2003 a las 10,15 horas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda deducida en esta litis tiene por objeto la anulabilidad de la resolución de 10 de marzo de 1.999 de la Comisión de Urbanismo de Girona que aprobó definitivamente las Normas Subsidiarias de Planeamiento del municipio de Fontanilles así como la desestimación presunta del recurso ordinario interpuesto ante la Consejería de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña; asimismo, se impugna el acuerdo de 2 de febrero de 2000 dando conformidad al Texto Refundido de las Normas Subsidiarias de Fontanilles; han sido partes codemandadas el Ayuntamiento de Fontanilles y Da Antonia y otros.

SEGUNDO

Para la decisión de la controversia planteada han de tenerse en cuenta los siguientes hechos: a) El 16 de septiembre de 1.997 el Ayuntamiento de Fontanilles expuso al público los trabajos previstos para el avance del Proyecto de Normas Subsidiarias de Planeamiento del citado municipio y, el 1 de junio de 1.998 aprobó aquél inicialmente sometiéndolo a información pública; b) El 10 de diciembre de 1.998 el propio Ayuntamiento lo aprobó provisionalmente y, remitido el expediente a la Comisión de Urbanismo de Girona esta por acuerdo de 10 de marzo de 1.999 la aprobó definitivamente supeditando su ejecutividad y publicación a la incorporación de determinadas prescripciones mediante el Texto Refundido; y. C) Elaborado el Texto Refundido la Comisión de Urbanismo dio su conformidad el 2 de febrero de 2000, cuyo recurso ordinario fue desestimado presuntamente, promoviéndose contra dichos actos la presente litis.-

TERCERO

La actora pretende, además de la anulabilidad de los actos impugnados, que también se estimen todos y cada una de las pretensiones deducidas en vía administrativa para que se admita la alternativa propuesta por los vecinos en el trámite del art. 125 del Reglamento de Planeamiento Urbanístico de 1.978 y, en el de información pública y, subsidiariamente...

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