STSJ Murcia , 29 de Enero de 2004

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2004:179
Número de Recurso413/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución29 de Enero de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

RECURSO nº 413/00.

SENTENCIA nº 51/2004.

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA compuesta por los Iltmos. Srs.:

Don Abel Ángel Sáez Doménech Presidente Don Mariano Espinosa de Rueda Jover Don Joaquín Moreno Grau Magistrados ha pronunciado EN NOMBRE DEL REY la siguiente S E N T E N C I A nº 51/2004.

En Murcia a 29 de enero de dos mil cuatro.

En el recurso contencioso administrativo nº 413/00, tramitado por las normas ordinarias, en cuantía indeterminada sobre impugnación de suministro de agua del trasvase Tajo-Segura para abastecimiento.

Parte demandante: "Sindicato Central de Regantes del Acueducto Tajo-Segura" representados por el Procurador D. Tomás Soro Sánchez y asistidos por el Abogado D. José Manuel Claver Valderas.

Parte demandada: Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura representada y defendida por el Abogado del Estado.

Parte codemandada: Mancomunidad de Canales del Taibilla representada y defendida por el Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado: Desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada presentado ante la Ministra de Medio Ambiente de los acuerdos de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura para el año hidrológico 98-99.

Pretensión deducida en la demanda: se dicte sentencia por la que se estime el recurso y se anulen los acuerdos impugnados de trasvase de agua para uso de abastecimiento, referentes al año hidrológico 98/99, en el sentido siguiente:

-. Que se anule integramente el trasvase de 9 Hm3 para abastecimiento en Almería con cargo a menores pérdidas, acordado en reunión de 10 de diciembre de 1998.

-. Que se anulen el resto de los trasvases acordados para abastecimiento -a favor de la Mancomunidad de Canales del Taibilla- en el volumen total acordado por encima de la dotación máxima en origen de 129,4 Hm3, es decir, en el volumen de 15,6 Hm3 otorgado por exceso.

-. Que se condene tanto a la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, como a las propias Mancomunidades de Canales del Taibilla y Confederación Hidrográfica del Sur, a que procedan a disponer lo procedente para la devolución de los caudales indebidamente otorgados, descontándolos con cargo a futuras asignaciones.

Siendo Ponente el Magistrado Iltmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 6 de abril de 2000 y admitido a trámite, previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por...

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