STSJ Canarias , 30 de Diciembre de 2004

PonentePEDRO MANUEL HERNANDEZ CORDOBES
ECLIES:TSJICAN:2004:5923
Número de Recurso227/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución30 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

Rollo de apelación: 227/2004 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS Sala de lo Contencioso Administrativo Santa Cruz de Tenerife Sección 2ª

S E N T E N C I A Nº 173 Rollo de Apelación nº: 227/2004 Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Nº 1: 331/2004 Iltmos. Sres:

Presidente D. Pedro Hernández Cordobés Magistrados D. Helmuth Moya Meyer D. Juan Ignacio Moreno Luque Casariego

En Santa Cruz de Tenerife, a treinta de diciembre de dos mil cuatro.- Visto, en nombre del Rey, ante esta Sala de lo contencioso-administrativo de Santa Cruz de Tenerife, el recurso apelación antes señalado, como parte apelante D. Ángel Jesús , representado y dirigido por el letrado Sr. Rodríguez Martínez, contra auto de 19 de julio de 2004 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo referido en el encabezamiento, en el recurso también señalado, seguido a instancia de la parta personada en este rollo como apelante, versando sobre la resolución denegatoria de medidas cautelares frente a resolución de la Subdelegación del Gobierno en Santa Cruz de Tenerife, de 29 de abril de 2004, denegando autorización para trabajo y residencia, régimen de EXTRANJERÍA; impugna el recurso la Administración demandada, y;

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, dictó sentencia el cuyo fallo es del siguiente tenor literal:

no suspender el acto impugnado. Sin costas

.

SEGUNDO

Contra la citada resolución se dedujo por la parte anteriormente referida, en tiempo y forma, recurso de apelación sustentado en las alegaciones y fundamentos que resultan del escrito unido al rollo de su razón.

Admitido a trámite, se concedió traslado a las demás partes personadas para, en su caso, su impugnación o adhesión.

TERCERO

Recibidas las actuaciones en esta Sala, se dispuso formar el correspondiente rollo de apelación, designar magistrado ponente y señalar día para votación y fallo, fecha en que tuvo lugar esta actuación procesal según lo previsto.

Siendo ponente el Iltmo. Magistrado don Pedro Hernández Cordobés.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La parte apelante, reconociendo que ante la primera instancia no aportó medios de prueba que amparasen su petición de adopción de la medida cautelar, acompaña ahora al recurso de apelación documentos mediante los que justifica que fue titular de la...

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