SAP Madrid 498/2009, 30 de Octubre de 2009

PonenteJOSE LUIS DURAN BERROCAL
ECLIES:APM:2009:14512
Número de Recurso882/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución498/2009
Fecha de Resolución30 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 9ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 9

MADRID

SENTENCIA: 00498/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE MADRID

Sección Novena

SENTENCIA NÚMERO

RECURSO DE APELACION 882 /2008

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

D. JUAN LUIS GORDILLO ÁLVAREZ VALDÉS

D. JOSE MARIA PEREDA LAREDO

En MADRID, a treinta de octubre de dos mil nueve.

VISTOS en grado de apelación ante esta Sección Novena de la Audiencia Provincial de MADRID, los Autos de JUICIO VERBAL 109/2008, procedentes del Juzgado de Primera Instancia numero 88 de MADRID, a los que ha correspondido el Rollo de Apelación número 882/2008, en los que aparecen como partes: de una, como demandante y hoy apelada ASHBURY HAIGHTS,S.L., representada por el Procurador Sr. Don Jorge Jerez Vivas; y de otra como demandada y hoy apelante ACCESORIOS Y SUMINISTROS INDUSTRIALES S.A. representada por la Procuradora Sra. Dª Maria Dolores Maroto Gómez; sobre protección sumaria de la posesión.

SIENDO MAGISTRADO PONENTE EL ILMO. SR. D. JOSÉ LUIS DURÁN BERROCAL

ANTECEDENTES DE HECHO

La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.

Primero

Por el Juzgado de Primera Instancia nº 88 de Madrid, en fecha 17 de julio de 2008, se dictó sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Fallo: Que estimando la demanda presentada por el procurador D. Jorge Pérez Vivas en representación de Ashbury Haight SA debo acordar y acuerdo reponer en la posesión de la que disfruta la actora sobre el trastero objeto de controversia, condenando a la parte demandada a reponer de forma inmediata a la actora en dicha posesión pacífica y al pago de la costas causadas". Segundo.- Notificada la mencionada sentencia y previos los trámites legales oportunos, contra la misma se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, del que se dio traslado a la contraparte quien se opuso al mismo, elevándose posteriormente las actuaciones a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, ante la que han comparecido en tiempo y forma bajo las expresadas representaciones.

Tercero

No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba en esta alzada, ni estimando la Sala necesaria la celebración de vista pública, quedaron las actuaciones pendientes de señalamiento de votación y fallo la cual tuvo lugar el día veintiocho de octubre del año en curso.

Cuarto

En la...

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