SAP Tarragona 392/2009, 3 de Noviembre de 2009
Ponente | MANUEL DIAZ MUYOR |
ECLI | ES:APT:2009:1689 |
Número de Recurso | 20/2009 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 392/2009 |
Fecha de Resolución | 3 de Noviembre de 2009 |
Emisor | Audiencia Provincial - Tarragona, Sección 1ª |
ROLLO NUM. 20/2009
ORDINARIO NUM. 204/2008
REUS NUM. CINCO
S E N T E N C I A NUM.
ILTMOS. SRES.:
PRESIDENTE
D. Antonio Carril Pan
MAGISTRADOS
Dª Mª Pilar Aguilar Vallino
D. Manuel Díaz Muyor
En la ciudad de Tarragona, a 3 de noviembre de 2009.
Visto ante esta Sección Primera de la Audiencia Provincial el Recurso de Apelación interpuesto por la mercantil CONSTRUCCIONES MOBOKA, S.L. representada en esta instancia por el Procurador Sr. Gracia Marias y asistida del Letrado Sr. Amigó Bidó contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia Cinco de Reus Tarragona en fecha de 3 de octubre de 2008 en autos de juicio ordinario número 204/2008 en los que figura como demandante D. Pedro Jesús, representado por la Procuradora de los Tribunales Sra. Garcia Solsona y asistidos de la Letrada Sra. Casellas.
ACEPTANDO los de la Sentencia recurrida, y
Que la sentencia recurrida contiene la siguiente parte dispositiva: "ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Don Pedro Jesús contra Construcciones Moboka, S.L., y, en su consecuencia, condenar a la parte demandada a abonar al actor la cantidad de 5.679,36 euros, más intereses en los términos del fundamento de derecho cuarto, y costas."
Que contra la mencionada sentencia se solicitó la preparación de la apelación y, evacuado ese trámite, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada sobre la base de las alegaciones que son de ver en el escrito presentado.
Dado traslado a las demás partes personadas del recurso presentado para que formulen oposición al recurso o impugnación de la sentencia apelada, por el demandante se interesó la confirmación de la sentencia apelada. VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Manuel Díaz Muyor.
La Sentencia recurrida estima una reclamación de cantidad formulada por el actor por la realización de unos trabajos de soldadura y cerrajería que el actor llevó a cabo en unas obras sitas en Reus, Deltebre y Calafell.
La parte demandada se alza frente a dicha resolución afirmando que existe una incorrecta valoración de la prueba y que la demanda ya procedió al pago en metálico de la cantidad reclamada.
Debe partirse para el correcto enjuiciamiento de este recurso de la especial posición del Juez a quo respecto de la...
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