STSJ Aragón , 3 de Septiembre de 2004

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2004:2209
Número de Recurso458/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 3 de Septiembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO - SECCIÓN TERCERA - RECURSO Nº 458/01-C SENTENCIA Nº 581 de 2.004 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ MAGISTRADOS:

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE Dª ROSA Mª BANDRES SÁNCHEZ CRUZAT En Zaragoza a 3 de septiembre de 2004.

En nombre de S.M. el Rey. VISTO por la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón el presente recurso contencioso-administrativo n° 458/01-C, seguido entre partes, de la una como demandante D. Pedro Enrique , D. Eugenio , D. Narciso , Dª Mariana , D. Luis Carlos , D. Bartolomé , D. Inocencio , D. Jose Carlos , D. Pedro Miguel , D. Federico , D. Ricardo , Dª Dolores , D. Juan Luis , D. Domingo , D. Miguel , D. Luis Alberto , Dª Marí Luz , D. Cornelio , D. Manuel , D. Luis María , D. Clemente , D. Marcelino , D. Luis Antonio , D. Cosme , D. Pablo , D. Jesús Carlos , D. Esteban , D. Rubén , D. Pedro Antonio , Dª Soledad , D. Ignacio , D. Jose Daniel , D. Baltasar , D. Lorenzo , D. Luis Enrique , D. Enrique , D. Santiago , D. Abelardo , D. Iván , D. Carlos Miguel , D. Diego , D. Jose Luis , D. Arturo , D. Plácido , D. Ángel Jesús , D. Jaime , D. Luis Miguel , D. Fidel , D. Carlos José , D. Emilio , D. Jose Francisco y D. Humberto , representados por la Procuradora Dª Begoña Uriarte González y dirigidos por el Letrado D. José

Antonio Valero Barbanoj, y de la otra como demandado el Ayuntamiento de Zaragoza, representado por el Procurador D. Fernando Peiré Aguirre, posteriormente sustituido por la Procuradora Dª Natalia Cuchi Alfaro, y dirigido por el Letrado D. Pedro Lope Sola, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación del acuerdo plenario del Ayuntamiento de Zaragoza de fecha 30 de mayo de 2001, por el que se desestima el recurso de reposición formulado contra la relación de puestos de trabajo de dicho Ayuntamiento, aprobado en sesión plenaria de 25 de enero de 2001.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Procuradora Sra. Uriarte González, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 13 de julio de 2001.

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anule parcialmente la relación de puestos de trabajo del Ayuntamiento de Zaragoza, aprobada por acuerdo plenario de 25 de enero de 2001, y se acuerde la apertura al Grupo B de los dieciséis puestos de Jefatura de Unidad, catalogados exclusivamente como del Grupo A, que se expresan en el hecho tercero de la demanda.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Sr. Peiré Aguirre, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba se practico la de interrogatorio de partes, y una vez terminado el periodo de prueba, se formularon conclusiones escritas, fijándose para votación y fallo el día 21 de junio de 2004.

QUINTO

Por providencia de 28 de junio se acordó o ir a las partes por plazo común de diez días sobre la aplicación del articulo 69.c) de la LJCA a la mayor parte de los puestos objeto del presente juicio, habiendo presentado ambas partes el oportuno escrito de alegaciones.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. LUIS FERNÁNDEZ ALVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación del acuerdo plenario del...

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