STSJ Aragón , 1 de Abril de 2004

PonenteJUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
ECLIES:TSJAR:2004:956
Número de Recurso1240/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 1 de Abril de 2004
EmisorSala de lo Social

4 Rollo número: 1240/2003 Sentencia número: 368/2004 MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. JUAN PIQUERAS GAYÓ

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE En Zaragoza, a uno de abril de dos mil cuatro.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta SENTENCIA En el recurso de suplicación núm. 1240 de 2003 (Autos núm. 614/2003), interpuesto por la parte demandada INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm.2 de Zaragoza, de fecha 31 de octubre de 2003 ; siendo demandante D. Luis , sobre Jubilación -fecha efectos económicos-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Luis , contra el INSS, sobre jubilación -fecha efectos económicos- , y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social núm.2 de Zaragoza, de fecha 31 de octubre de 2003 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando como estimo la demanda interpuesta por D. Luis contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, debo declarar y declaro que los efectos económicos de la pensión de jubilación reconocida al actor se retrotraen dan a junio de 1998, condenando al demandado a que abone al actor en concepto de diferencias de pensión por el período comprendido desde junio de 1998 a junio de 2003 la cantidad de 7586,94 EUR, condenando al demandado a estar y pasar por dicho pronunciamiento con los efectos inherentes al mismo".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO.-El actor D. Luis solicitó pensión de jubilación al amparo de los reglamentos comunitarios, siéndole reconocida por resolución del INSS de fecha 13 de noviembre de 1995,una pensión de 11,45 EUR con efectos económicos de 1 de agosto de 1995, siéndole reconocidas cotizaciones en España por 661 días y en Alemania por 12.480 días, determinándose una pensión teórica de 9,52 EUR equivalente a 60% de la base reguladora, cuantificada en 15,85 EUR, y pensión iniciada cargo de España de 0,51 EUR equivalente al 5,33% de la pensión teórica.

Interpuesta reclamación por parte del actor con fecha desde junio de 2003, fue revisada la cuantía de su pensión por resolución de...

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