STSJ Aragón , 17 de Marzo de 2004

PonenteFERNANDO GARCIA MATA
ECLIES:TSJAR:2004:773
Número de Recurso127/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN.

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (Sección 2ª).

-Recurso número 127 del año 2.001- SENTENCIA Nº 277 de 2.004 ILUSTRISIMOS SEÑORES PRESIDENTE:

D. Jaime Servera Garcías MAGISTRADOS:

D. Eugenio A. Esteras Iguácel D. Fernando García Mata En Zaragoza, a diecisiete de marzo de dos mil cuatro.

En nombre de S.M el Rey. VISTO, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN (Sección 2ª), el recurso contencioso-administrativo número 127 de 2.001, seguido entre partes; como demandante GESCAZAR, SOCIEDAD GESTORA DE INSTITUCIONES DE INVERSIÓN COLECTIVA, SA., representada por el Procurador de los Tribunales D. Jorge Guerrero Ferrández y asistida por el abogado D. Francisco Serrano Gil de Albornoz; y como Administración demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y asistida por el Sr. Abogado del Estado. Es objeto de impugnación la resolución de la Sala Primera del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Aragón de 20 de diciembre de 2000 por la que se desestima la reclamación n° 50/2637/97 contra liquidaciones giradas por la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza en concepto de prestaciones patrimoniales de derecho público constitutivas del derecho cameral, devengado en 1995.

Procedimiento: Ordinario.

Cuantía: 137'18 Euros. Ponente:

Iltmo. Sr. Magistrado D. Fernando García Mata.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en la Secretaría de este Tribunal en fecha 12 de marzo de 2.001, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta resolución.

SEGUNDO

Previa la admisión a trámite del recurso, publicación de su interposición y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar el recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables concluía con el suplico de que se dictara sentencia por la que, con estimación del recurso se anule y deje sin efecto la resolución recurrida y la resolución de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Zaragoza por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra las liquidaciones practicadas por el concepto de Recurso Cameral Permanente, que, por tanto, han de quedar igualmente anuladas, con costas.

TERCERO

La Administración demandada, en su escrito de contestación a la demanda, solicitó, tras relacionar los hechos y fundamentos de derecho que, por su parte, estimó aplicables, que se dictara sentencia por la que se desestimase el recurso interpuesto.

CUARTO

Sin haber lugar al recibimiento del juicio a prueba, y tras evacuarse por las partes el trámite de conclusiones, se celebró la votación y fallo el día señalado, 10 de marzo de 2.004.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente proceso por la parte actora la resolución de la Sala Primera del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón de 20 de diciembre de 2000 por la que se desestima la reclamación nº 50/2637/97 contra liquidaciones -cartas de pago con n° de referencia 019597021829, 019597021838, 019597021853 y 019597021873 giradas por la Cámara de Comercio e Industria de Zaragoza a diversas Instituciones de Inversión Colectiva gestionadas por la recurrente -Ibercaja Crecimiento FIM, Ibercaja Futuro FIM, Ibercaja Internacional Fondo FIM e Ibercaja Patrimonio FIM- en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR