STSJ Galicia 1262/2009, 3 de Diciembre de 2009
Ponente | CRISTINA MARIA PAZ EIROA |
ECLI | ES:TSJGAL:2009:11571 |
Número de Recurso | 4411/2009 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 1262/2009 |
Fecha de Resolución | 3 de Diciembre de 2009 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.GALICIA CON/AD SEC.2
A CORUÑA
SENTENCIA: 01262/2009
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN 2ª
RECURSO DE APELACIÓN NÚMERO 0004411/2009
EN NOMBRE DEL REY
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, ha pronunciado la
siguiente
SENTENCIA
ILMOS. SRS.
Don José Antonio Méndez Barrera
Don José María Arrojo Martínez
Doña Cristina María Paz Eiroa
En la ciudad de A Coruña, a tres de diciembre de dos mil nueve.
Vistos los autos de recurso de apelación seguidos ante esta Sala con el número 0004411/2009, interpuesto por "Teodoro Moreda, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal", representada por el procurador don Carlos Vila Varela, contra el auto dictado con fecha 10 de marzo de 2009 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Lugo en la pieza separada de suspensión 5/2009, siendo parte apelada la Xunta de Galicia, representada por su Letrado, y el Ayuntamiento de Barreiros, representado por la procuradora doña Raquel Sabariz García.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Lugo dictó auto de fecha 10 de marzo de 2009 en la pieza separada 5/2009 nº 325/2006 por el que acordó "la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad, en el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por la Xunta de Galicia contra la desestimación presunta del requerimiento solicitando la revisión de oficio de las licencias municipales otorgadas por acuerdos de la Junta de gobierno local del Concello de Barreiros de 1 y 5 de septiembre de 2006, a Teodoro Moreda, S.L.U, para la construcción de tres edificios con un total de 364 viviendas, situados en San Miguel de Reinante, y contra las licencias concedidas, de 1 y 5 de septiembre de 2006; en relación con el inmueble de referencia catastral 5730701PJ4253S0001FF, inscrita al folio 103 del tomo 649, libro 176 del Ayuntamiento de Barreiros, bajo el número de finca registral 17.832, integrada por las registrales 20.721, 20.722, 20.723, 20.724 y 20.725, a los folios 81, 91, 92, 93 y 94 del tomo 836, libro 221".
El procurador don Carlos Vila Varela, en nombre y representación de Teodoro Moreda, S.L.U., interpuso recurso de apelación mediante escrito razonado de fecha 7 de abril de 2009 conteniendo las alegaciones en que se fundamentaba el recurso y suplicando su estimación con revocación de la sentencia recurrida.
El Juzgado dictó resolución admitiendo el recurso y dio traslado del mismo a las demás partes; habiéndose presentado escritos con fecha 4 de y 14 de mayo de 2009 por la Xunta de Galicia y por el Ayuntamiento de Barreiros, respectivamente, de oposición al recurso de apelación.
Recibidos los autos, por providencia 24 de noviembre de 2009 se señaló el día 26 del mismo mes y año para la votación y fallo.
En la tramitación de este juicio se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente la Ilma. Sra. Doña Cristina María Paz Eiroa.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Lugo dictó auto de fecha 10 de marzo de 2009 en la pieza separada 5/2009 nº 325/2006 por el que acordó "la anotación preventiva de la demanda en el Registro de la Propiedad, en el recurso Contencioso-administrativo interpuesto por la Xunta de Galicia contra la desestimación presunta del requerimiento solicitando la revisión de oficio de las licencias municipales otorgadas por acuerdos de la Junta de gobierno local del Concello de Barreiros de 1 y 5 de septiembre de 2006, a Teodoro Moreda, S.L.U, para la construcción de tres edificios con un total de 364 viviendas, situados en San Miguel de Reinante, y contra las licencias concedidas, de 1 y 5 de septiembre de 2006; en relación con el inmueble de referencia catastral 5730701PJ4253S0001FF, inscrita al folio 103 del tomo 649, libro 176 del Ayuntamiento de Barreiros, bajo el número de finca registral 17.832, integrada por las registrales 20.721, 20.722, 20.723, 20.724 y 20.725, a los folios 81, 91, 92, 93 y 94 del tomo 836, libro 221".
El apelante argumenta que "(...) Constituye doctrina reiterada de nuestro Tribunal Supremo que los adquirentes de viviendas construidas al amparo de una licencia que posteriormente es declarada nula por razones de naturaleza urbanística no tienen la condición de terceros hipotecarios del artículo 34 de la LH, careciendo, pues, de la protección dispensada por tal precepto (...) la protección que dispensa el Registro de la Propiedad se limita al campo de los derechos reales y no alcanza al Derecho Público Urbanístico, por lo que no concurre el peligro de la ineficacia de una eventual sentencia estimatoria (...) la apariencia de buen derecho juega a favor de mi representada, no sólo por la presunción de legalidad del acto administrativo que no ha sido desvirtuada, sino por la acreditación documental aportada con el escrito de oposición a la medida que pone de manifiesto la falsedad de todos y cada uno de los asertos de los que...
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